/ jueves 10 de agosto de 2023

Ley “Mariana Lima Buendía”

Hace más de 13 años, la abogada Mariana Lima Buendía fue asesinada en su domicilio, en Chimalhuacán. En un caso rodeado de antecedentes de violencia doméstica perpetrada por su esposo, un policía estatal, la muerte de Mariana fue declarada suicidio. Desde entonces, su madre Irinea Buendía, empezó un largo peregrinar para que el caso de su hija fuera investigado como feminicidio.

Recordar la muerte de Mariana es necesario por diversas razones. La primera y más importante, para no olvidar su deceso y las injusticias de la que fue objeto. En segundo lugar, porque este caso se ha convertido a lo largo de los años en un precedente histórico para la investigación de feminicidios en México.

En 2015, la Primera Sala de la Suprema Corte de la Nación atrajo el caso de Mariana al considerar fundadas las quejas sobre la deficiente actuación de las autoridades de procuración de justicia del Estado de México. Con este caso, el máximo tribunal comenzó a fijar estándares respecto a las obligaciones de las autoridades cuando investiguen la muerte violenta de una mujer, señalando que “… gran parte de ellas son cometidas en el hogar de la mujer, a manos de personas conocidas -como parejas o familiares”.

Desde 2008 se comenzó a legislar en materia de violencia contra las mujeres y las niñas en la entidad, y en 2011 el delito de feminicidio fue tipificado como tal en el Código Penal del Estado de México. Sin embargo, las cifras disponibles apuntan a que los patrones sistemáticos de violencia feminicida no solo persisten, sino que se ha agravado en nuestro estado. Tan solo en 2022, el Estado de México fue la entidad con más feminicidios en todo el país, según información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Y de acuerdo con estimaciones del “Atlas de la Seguridad del Estado de México 2022”, más de 23 mil homicidios intencionales contra mujeres y niñas fueron registrados de 2015 a 2021.

Hace unos días en el Congreso local se presentó la iniciativa de Ley “Mariana Lima Buendía”. En ella se establece el deber de investigar con perspectiva de género y debida diligencia, todas las muertes de mujeres y niñas, así como sancionar a servidores públicos que obstruyan la justicia durante las investigaciones.

Tuvieron que pasar más de una década para que la muerte de Mariana encontrara justicia: el Poder Judicial del Estado de México sentenció a 70 año de cárcel a su feminicida. Ante una realidad social plagada de violencia contra los mujeres y niñas, la obligación de las autoridades de investigar con perspectiva de género es apremiante y su omisión o negligencia para encontrar la verdad debe tener consecuencias legales.

Hace más de 13 años, la abogada Mariana Lima Buendía fue asesinada en su domicilio, en Chimalhuacán. En un caso rodeado de antecedentes de violencia doméstica perpetrada por su esposo, un policía estatal, la muerte de Mariana fue declarada suicidio. Desde entonces, su madre Irinea Buendía, empezó un largo peregrinar para que el caso de su hija fuera investigado como feminicidio.

Recordar la muerte de Mariana es necesario por diversas razones. La primera y más importante, para no olvidar su deceso y las injusticias de la que fue objeto. En segundo lugar, porque este caso se ha convertido a lo largo de los años en un precedente histórico para la investigación de feminicidios en México.

En 2015, la Primera Sala de la Suprema Corte de la Nación atrajo el caso de Mariana al considerar fundadas las quejas sobre la deficiente actuación de las autoridades de procuración de justicia del Estado de México. Con este caso, el máximo tribunal comenzó a fijar estándares respecto a las obligaciones de las autoridades cuando investiguen la muerte violenta de una mujer, señalando que “… gran parte de ellas son cometidas en el hogar de la mujer, a manos de personas conocidas -como parejas o familiares”.

Desde 2008 se comenzó a legislar en materia de violencia contra las mujeres y las niñas en la entidad, y en 2011 el delito de feminicidio fue tipificado como tal en el Código Penal del Estado de México. Sin embargo, las cifras disponibles apuntan a que los patrones sistemáticos de violencia feminicida no solo persisten, sino que se ha agravado en nuestro estado. Tan solo en 2022, el Estado de México fue la entidad con más feminicidios en todo el país, según información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Y de acuerdo con estimaciones del “Atlas de la Seguridad del Estado de México 2022”, más de 23 mil homicidios intencionales contra mujeres y niñas fueron registrados de 2015 a 2021.

Hace unos días en el Congreso local se presentó la iniciativa de Ley “Mariana Lima Buendía”. En ella se establece el deber de investigar con perspectiva de género y debida diligencia, todas las muertes de mujeres y niñas, así como sancionar a servidores públicos que obstruyan la justicia durante las investigaciones.

Tuvieron que pasar más de una década para que la muerte de Mariana encontrara justicia: el Poder Judicial del Estado de México sentenció a 70 año de cárcel a su feminicida. Ante una realidad social plagada de violencia contra los mujeres y niñas, la obligación de las autoridades de investigar con perspectiva de género es apremiante y su omisión o negligencia para encontrar la verdad debe tener consecuencias legales.