Después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinara invalidar la segunda parte de reformas político – electorales considerando que habían existido violaciones al procedimiento legislativo, comparto 3 puntos a considerar. 1) Las lecciones de ese proceso legislativo entre las que destaca la importancia de tener consensos y mayorías. La Corte determinó que el Congreso de la Unión trasgredió los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal, relacionados con el principio de deliberación democrática. Se requiere garantizar la participación plural e igualitaria de todos los grupos que se encuentran en el Congreso ya no son los años 70´s. 2) Las propuestas que se presenten deben ser bien elaboradas y con un diagnóstico de lo que se desea modificar y porqué. Varias de ellas eran considerables ejemplo, la eliminación de trámites burocráticos que solo impiden el libre ejercicio de votar de quienes están en el extranjero, la modificación a estructuras y salarios que crecieron y que pueden reducirse sin afectar derechos laborales, eficientando gasto público, haciéndolo más transparente y considerando la desigualdad social y salarial que priva en el país. Otras tendrían que re elaborarse como la designación de consejerías electorales y magistraturas a través del voto popular, lo que no significa que no deba haber modificaciones en la forma en la que somos designados quienes ocupamos una consejería o quienes una magistratura, es evidente que debe buscarse siempre imparcialidad algo que a veces no se aprecia.3) El derecho es un acto social que regula los hechos. En 2008 fue la primera ocasión que se incluyó en el COFIPE “realización anticipada de actos de campaña” hay una larga línea jurisprudencial cuyo fin es salvaguardar el principio de equidad electoral ¿hay actos anticipados de los anticipados de precampaña? La ley dice que es la tercera semana de noviembre cuando inician las precampañas, sin embargo, la Sala Superior mandató al INE realizar lineamientos para el proceso 2023-2024 ante una clara exposición de figuras públicas vinculadas con los partidos políticos conformantes del frente, denominaciones de cargo especiales, autoorganización de los partidos con acciones que involucran a la ciudadanía y la existencia de otro proceso de naturaleza similar en curso.
En el recién concluido proceso, recuerdo que hubo notas y artículos de opinión criticando al IEEM por los espectaculares que fueron apareciendo en la entidad sin pronunciarnos por no contener llamados expresos al voto, ante el escenario político actual en donde observamos una gran actividad política, el contenido del voto particular de la Magistrada Otálora donde hace referencia a fraude a la ley, los equivalentes funcionales, por mencionar algunos temas, parece que hay suma de coincidencias que indican que es necesaria una reforma.