La aprobación del Dictamen de la Comisión Prerrogativas y Partidos Políticos por el Consejo General del INE, y su posterior ratificación por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, colocan en la antesala para que tenga la mayoría calificada que establece el artículo 135 de la Constitución a MORENO, PVEM Y PT en la Cámara de Diputados Federal, donde obtendrían 364 Diputados Federales, de 334( total 500 ) que se necesitan para reformar o adicionar a la Constitución Federal, con el avalar cuando menos 17 legislaturas locales de la cuales la coalición Juntos Haremos Historia tiene el control sobre 27 de 32.
Toda vez que en caso de modificación a la Norma Suprema, debe ser aprobada en los términos de igual forma por dos terceras partes de los 128 Senadores en los que MORENA, PVEM Y PT, tienen 83 y se necesitan 86.
Es decir el cabildeo para sumar a su causa tres legisladores no se imposible de lograr, por lo cual ya con los Dictámenes aprobados por la actual XLV legislatura en la Cámara de Diputados Federal, iniciativa de reforma que ya es del dominio público, ya con la instalación de la nueva legislatura XLVI los 334 Diputados afines al Presidente de la República podrán echar a andar el proceso legislativo e iniciar la Reforma al Poder Judicial Federal, de lo que sobre salen que los Ministros, Magistrados Unitarios y de Circuito, así como del TEPJF, serán electos por voto popular en el mes de junio del 2025 y tomarán protesta el 1º de septiembre del mismo año.
En este orden de ideas desaparece el Consejo de la Judicatura y se crean dos entidades, el Tribunal de Justica y el Órgano de Administración del PJF
Las reacciones no se hecho esperar, desde desplegados del Consejo Coordinador empresarial, la máxima autoridad privada pido en una desplegado del INE y a la Sal Superior del TEPJF no darle a MORENA, PVEM Y PT lo que ellos llaman sobre representación o el día 22 de agostos el Embajador de USA en México Ken Salazar señalo: “El debate sobre la elección directa de jueces en estos tiempos, así como la política feroz que se va a ver acá en México si se llegará aprobar las elecciones de jueces en 2025 y 202, amenazan la histórica relación comercial que hemos construido”.
Solo existe antecedente en que la SCJN se haya pronunciado sobre una inconstitucionalidad de una reforma a la constitucional, el l llamado “ Caso Camacho” donde en 1997, en el cual dieron entrada para su estudio al Juicio de Amparo promovido por Manuel Camacho Solís en contra del procedimiento de reforma constitucional, en materia electoral, de cuya sentencia se emitieron diversos criterios a partir de ese 1997, entre ellos los que en síntesis establecen la “ inmunidad del poder”, ya que la SCJN reconoce que el poder reformador de la Constitución es un poder “ legibus solutus” está por encima de toda regulación jurídica, incluida la Constitución , es decir un principio básico: LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL.
Veremos qué ocurre a partir del 1 de septiembre.