/ viernes 1 de diciembre de 2023

Registro de periodistas en Edoméx: peligroso y antidemocrático

Ahora resulta que el Mecanismo de Protección para Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos busca crear un padrón, un registro, bajo el argumento de tener una mejor capacidad de respuesta para atender y prevenir casos de agresiones, abusos u otras incidencias contra las personas que formamos parte de estos gremios según dijeron en un foro realizado en Nezahualcóyotl; un completo y absoluto absurdo.

Registros atentan contra la libertad de prensa

Sucede que para que el Mecanismo pueda hacer su trabajo y proteger a los periodistas mexiquenses, deben tener un registro o una base de datos, ¿con qué fin? ¿Si no estás en la base de datos no te atienden? ¿Bajo qué criterios realizarán y permitirán el registro de periodistas y defensores de los derechos humanos? Es decir, ¿cómo definirán a unos y otros? Porque según la ley vigente en la entidad, la definición de periodista es tan amplia que abarca a cualquiera que tenga y publique en redes sociales y no existe en ella una definición de lo que se considera un defensor de derechos humanos.

No solo eso, el registro de periodistas no es una práctica común ni recomendada en ningún país democrático que se precie de serlo; de hecho, según el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ), en 2023, hay al menos 70 países que requieren que los periodistas se registren ante el gobierno. Estos países se encuentran en todos los continentes y sus leyes de registro varían en términos de requisitos, sanciones por incumplimiento y el impacto en la libertad de prensa.

Y es ahí donde radica el principal problema. En términos generales, los países que requieren el registro de periodistas lo hacen con el objetivo de controlar el contenido de los medios de comunicación. Estos gobiernos pueden y utilizan el registro para identificar a los periodistas, monitorear sus actividades y, en algunos casos, restringir sus coberturas.

Casos y ejemplos

Los registros de periodistas pueden tener distintos fines y sus justificaciones son tan variadas como la creatividad de quienes los exigen lo permita, pero para darnos una idea de qué son y cómo se usan, podemos revisar algunos casos ya existentes:

En China los periodistas deben registrarse ante el Ministerio de Información. El registro requiere que las personas que se dediquen al periodismo proporcionen información personal, como su nombre, dirección y antecedentes educativos para poderlos ubicar en caso de ser necesario o que alguna publicación no sea acorde a los criterios y severas normas que impone el régimen gubernamental.

En Cuba, un país al que el gobierno federal le tiene gran admiración y procura una mayor cercanía, los periodistas deben registrarse ante el Ministerio de Cultura. El registro requiere que los periodistas proporcionen información sobre su trabajo como el tipo de medios para los que trabajan y el contenido que producen; son monitoreados y pueden sufrir represalias que incluyen la prisión, más todavía después de las modificaciones legales hechas en la isla tras las manifestaciones del movimiento conocido como #SOSCuba.

En Egipto los periodistas deben registrarse ante el Ministerio de Información. El registro requiere que los periodistas proporcionen información personal, como su nombre, dirección y antecedentes educativos con el mismo objetivo de ubicación y supervisión que en China y Cuba.

En Irán los periodistas deben registrarse ante el Ministerio de Cultura y Orientación Islámica. El registro requiere que los periodistas proporcionen información personal, como su nombre, dirección y antecedentes educativos, misma situación que ocurre en Rusia, donde se piden los mismos registros que en los países antes mencionados pero en este caso el padrón lo realiza el Ministerio de Justicia.

Curiosamente, según se informó en días recientes a través de notas de distintos medios, el Mecanismo mexiquense ya “cuenta con un cuestionario con preguntas básicas como: nombre, domicilio, tipo de medio o plataforma y empresa para la que trabaja y zona de cobertura” información con la que pretenden conformar una base de datos. Vaya semejanza.

El propio CPJ ha criticado las leyes de registro de periodistas bajo el argumento de que estas leyes pueden utilizarse para restringir la libertad de prensa y para silenciar a los periodistas que informan sobre temas críticos del gobierno.como ocurrió en 2021 en Egipto cuando el gobierno acusó a un periodista de difamación por no registrarse. El periodista fue condenado a prisión y se le impuso una multa.

Más aún, el CPJ ha lanzado varias invitaciones a los distintos gobiernos del mundo donde se aplican este tipo de medidas para derogar las leyes de registro de periodistas, argumentando que son absolutamente incompatibles con la libertad de prensa.

Más peligrosa que protectora

Que un Mecanismo de Protección para Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos esté procurando y fomentando la realización de un registro en la entidad es un completo absurdo en el entendido de que este tipo de prácticas son utilizadas con otros fines y va en contracorriente de las buenas prácticas de la defensa de la libertad de expresión y de prensa (que no son lo mismo).

Incluso, suponiendo sin conceder, que este padrón (la base de datos que se supone se obtendrá del registro) no sea utilizado por el gobierno para fines de presión y censura ¿qué garantiza que dicha información no termine en manos de la delincuencia organizada o sea utilizada a discreción por cualquier político, funcionario, empresario o persona con cierto nivel de poder económico o político para alguna venganza en un país como el nuestro?

Paradójicamente, el padrón que promueve el Mecanismo de Protección para Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos en el Estado de México pone más en peligro a las personas objeto de su atención y cuidado que ayudar a brindarles una atención como corresponde y se indica en la propia Ley que, si bien es incompleta y tiene una gran cantidad de fallos, cuenta con un protocolo de acción que no requiere ni contempla la necesidad de ningún registro.

Vamos que, por donde se le vea, un registro con fines de crear un padrón no solo es innecesario en términos de lo que marca la Ley, en términos de lo que viven periodistas y defensores de derechos humanos y en términos de una supuesta seguridad que no se consigues con listas y reconocimientos gubernamentales. Tal parece que este es otro de esos casos en los que, ante la falta de acciones llegan las ocurrencias que terminan agravando el problema y exponiendo más a quienes se supone que se busca proteger y hace dudar de la capacidad y conocimiento sobre estos temas de quienes están a cargo de su ejecución.