En pleno ambiente festivo por la Independencia de México y al calor de algunas copas se pueden descuidar ciertos protocolos del buen comportamiento y faltar al respeto no solo a nuestros amigos o familiares, también a los símbolos patrios, lo que puede terminar en una sanción.
Todo lo que tiene que ver con el uso, características y difusión de los símbolos patrios de México está regulado a través de la Ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacionales, la cual fue publicada el 8 de febrero de 1984 y es la Secretaría de Gobernación la encargada de vigilar el cumplimiento de la dicha Ley en todo el país.
Mientras que en las escuelas serán las autoridades educativas las que estarán a cargo de que se cumpla la Ley.
Entre las infracciones a la Ley están: alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas, utilizar el escudo nacional sin autorización, así como inscribir en la bandera nacional la denominación o razón social de instituciones sin previa autorización o el nombre de personas físicas para promover su imagen, bienes o servicios.
También se considera una infracción comercializar ejemplares de la bandera nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones, portar la bandera presidencial, alterar la letra o música del himno nacional.
Los infractores que falten al respeto a los símbolos patrios se pueden llevar una amonestación con apercibimiento, que es una llamada de atención o advertencia, pero que podría ser mayor en caso de seguir cometiendo la falta.
Otra sanción es una multa de 962 mil 200 pesos que se podrá cobrar por cada día que persista la infracción y finalmente un arresto de hasta por 36 horas.