Además del acceso a diversas prestaciones como el seguro médico, ayuda para el matrimonio, maternidad, riesgos laborales, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga el derecho a los trabajadores de pensionarse por retiro, incapacidad o enfermedad.
La Ley del Seguro Social refiere que el asegurado que se halle imposibilitado para procurarse mediante un trabajo podrá recibir un salario superior al 50% del recibido en su último año de trabajo, siempre que la imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no laboral.
Sin embargo también es una realidad que en México no existe una lista de enfermedades específicas que ameriten pensión, por lo que el estado de invalidez siempre deberá ser dictaminado por un médico.
Entre las enfermedades que pueden ser consideradas están: diabetes mellitus, osteopatías y condropatías, enfermedades del corazón, trastornos de coroides, de la retina, enfermedades del hígado, tumores malignos y cancerígenos, dorsopatías, artropatías, enfermedades cerebrovasculares e insuficiencia renal.
Para que el trabajador tenga acceso a la pensión necesita cubrir algunos requisitos como tener registradas ante el IMSS mínimo 150 semanas de cotización, su identificación oficial vigente, Cartilla Nacional de Salud, solicitud de estudio para determinar el posible estado de invalidez.
Así como encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
El dictamen de invalidez ST-4, un documento que debe ser aprobado y autorizado por otros médicos, una vez autorizado se debe tramitar la resolución de pensión en Prestaciones Económicas.