El capítulo 19 del TLCAN, un punto clave en la renegociación para México

Redacción OEM en Línea

  · martes 25 de julio de 2017

Por Emmanuel Gallardo

Desde que la semana pasada el gobierno estadounidensediera a conocer sus objetivos específicos para la renegociacióndel Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), elCapítulo 19 de dicho acuerdo comercial, cuya naturaleza radica enel mecanismo de solución de controversias comerciales entre lostres países firmantes, acaparó la atención por ser uno de losobjetivos de eliminación de Donald Trump en el apartado nombrado“remedios comerciales”.

Cuando uno país socio considera que un competidorestá violando las reglas de comercio al recibir subsidios delgobierno o al vender sus productos a precios más bajos, puedeapelar para poner impuestos adicionales llamados antidumping ocompensatorios sobre dichos productos y mantener un equilibriocomercial. El capítulo 19 del TLCAN permite a los tres países,apelar esta decisión ante un panel compuesto por especialistas delas naciones involucradas.

Un ejemplo de esto: México sufre un déficitcomercial con Estados Unidos en fructosa, es decir, importa dosveces más de lo que produce. El gobierno mexicano ha intentadorestringir las importaciones de este insumo ante la OrganizaciónMundial de Comercio (OMC), y al imponer un impuesto a las bebidasque contienen el edulcorante.

De acuerdo al TLCAN, la comercialización de lafructosa es totalmente libre. Sólo el azúcar (donde tambiénexiste controversia), tiene restricción con las aduanas de EstadosUnidos. La controversia se generó y para octubre 2016,  Estados Unidos no había queridonombrar a sus panelistas, lo que provocó no poder crear untribunal especial según los estatutos del TLCAN, ya que éste nocontempla otra opción para seleccionar a los jueces.

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David Hurtado Badiola, panelista queha participado en solución de controversias del TLCAN yvicepresidente de la Comisión de Comercio y Políticas deInversión de ICC México, explica esta parte fundamental delcapítulo 19:

“Hay un procedimiento establecido en el capítulo19 del TLCAN y en las reglas de procedimiento del artículo 1904que establece cómo se nombran (los panelistas). Estos árbitros senombran para cada caso, no es que exista un tribunal, sino paracada caso concreto. Cada país involucrado nombra a dos árbitros yluego entre ellos se ponen de acuerdo para nombrar a un quintoárbitro, o cinco panelistas. Esos cinco panelistas resuelven elcaso, revisan la decisión de la autoridad, dictan su resolución ydesaparecen. Son paneles específicos para cada caso”.

David Hurtado explica que el sistema de paneles delcapítulo 19 encargado de revisar las decisiones de Estados Unidos,Canadá y México en materia de dumping, ha sido benéfico para lostres socios comerciales y afirma que “si el capítulo 19 seelimina, el perjuicio será para los tres países, no sólo paraMéxico”.

Actualmente existen 78 casos contraEstados Unidos que han resuelto los paneles, más ocho que aúnestán pendientes. Un total de 86 controversias bajo el amparo delcapítulo 19 del Tratado de Libre Comercio de América delNorte.

“Son casos que llevan tiempo ensolucionarse porque no hay un término y esa es una de laspropuestas que estamos pidiendo al gobierno mexicano que haga, quehaya un procedimiento más rápido y con sanciones por no resolver.Lo que tarda mucho es el nombramiento de estos árbitros, estospanelistas, porque un país nombra panelistas, y el otro paíspuede rechazarlos todas las veces que quiera”.

La renegociación del TLCANserviría en este tipo de temas, donde un país puede alargar tantotiempo como quiera el procedimiento. “Un caso puede tardar unaño en la elección de los panelistas. Una vez que ya estamosseleccionados, el panel puede resolver en un año”, comentóHurtado.

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