No es necesario llegar a los 60 años de edad para pensionarse, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) establece que el asegurado lo puede hacer antes siempre y cuando cuente con los recursos suficientes en su cuenta individual de la Afore.
De tenerlos se debe contratar una renta vitalicia y que el monto de la pensión calculada sea mayor en un 30% a la que el gobierno garantiza, y en caso de contar con beneficiarios, cubra el seguro de sobrevivencia de los mismos.
Por lo que toca a la renta vitalicia es aquella que se contrata a través de una aseguradora, para que ésta reciba los recursos acumulados en su cuenta individual, recursos acumulados en una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida de la persona.
Aunado a lo anterior, para obtenerla deberá haber causado baja en el régimen obligatorio de la Ley del Seguro Social y tener las semanas de cotización requeridas. El proceso aplica para personas del Régimen 1997.
Los requisitos para acceder a la pensión son: contar con un mínimo de mil semanas de cotización, además los recursos acumulados en su cuenta individual deben ser suficientes para el retiro y se encuentre privado del trabajo remunerado.
También que la pensión que se calcule en el Sistema de Rentas Vitalicias sea superior en más de 30% de la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.
Al momento la pensión mínima garantizada equivale al salario mínimo (5 mil 180 pesos por mes en la Ciudad de México), según lo establece la Ley del Seguro Social.