Ante los casos de fallecimientos de trabajadores por Covid-19, lo recomendable es solicitar un seguro por defunción, cuando accedieron a un crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), y todavía no se termina de cubrir.
Para dicho propósito la esposa del trabajador o beneficiario del préstamo de vivienda, puede acudir vía presencial al Centro de Servicios de dicho instituto para recibir mayor información o bien, realizar el procedimiento correspondiente.
Al respecto, Jorge Díaz Galindo Hurtado, oficial mayor de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), aclaró que los recursos del seguro no los paga el Infonavit, sino el mismo trabajador cuando adquiere su crédito.
“Cuando lamentablemente fallece un trabajador a consecuencia del nuevo coronavirus u otro padecimiento, los familiares o beneficiarios pueden acudir directamente al Infonavit, porque ya nos encontramos en semáforo epidemiológico en color amarillo y es posible”, explicó.
Sin embargo, pidió que los interesados que acudan físicamente respetando todas las medidas sanitarias, como el uso permanente del cubrebocas, gel antibacterial y mantener la sana distancia, entre otras.
Añadió que cuando un trabajador fallece, el seguro liquida la deuda debido a que así lo establece el contrato cuando se adquiere un crédito.
El representante laboral precisó que es el área Jurídica del Infonavit, la que se encarga de realizar todo el procedimiento, y para ello las personas interesadas únicamente deben presentar el certificado de defunción correspondiente.
“Es muy importante que los trabajadores o beneficiarios sepan que cuando se tiene un préstamo activo y el titular o propietario del mismo muere, la deuda no se hereda”, enfatizó.
Finalmente, los familiares pueden realizar el trámite por fallecimiento del beneficiario del crédito a través del Infonatel (800 008 3900) o en los Centros de Servicio Infonavit (Cesi).