Suspende Coprisem cuatro establecimientos en Valle de Bravo

Los sellos de suspensión fueron colocados en "negocios esenciales" y "no esenciales"

Elizabeth Ríos | El Sol de Toluca

  · lunes 13 de julio de 2020

Cortesía | Secretaría de Salud del Estado de México

A una semana de la reapertura de algunos establecimientos considerados "no esenciales", la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (COPRISEM) colocó sellos de suspensión en cuatro establecimientos en Valle de Bravo, por no cumplir con las medidas sanitarias establecidas por el gobierno estatal.

De acuerdo con la dependencia estatal, los sellos de suspensión fueron colocados en "negocios esenciales" y "no esenciales" y destacó que en uno de los casos, se trató de una tienda de conveniencia cuyo personal que atendía y los consumidores no cumplían con las medidas sanitarias requeridas.

Este fin de semana usuarios de redes sociales denunciaron la apertura de bares de municipios como Valle de Bravo y Toluca, establecimientos que todavía no tienen autorizada la reapertura.

En este contexto, la Coprisem informó que mantiene la vigilancia de manera permanente en comercios y establecimientos en toda la entidad, con el objetivo de que se cumplan las medidas sanitarias para la operación de unidades económicas cuya actividad sea la venta de alimentos preparados o bebidas, con motivo del Covid-19.

Aunado a ello, la Coprisem informó que han visitado unidades económicas de distintos giros para verificar que los establecimientos cumplan el aforo permitido del 30 por ciento, los horarios establecidos y las acciones a implementar, tales como la utilización de cubrebocas, la distribución de gel antibacterial en las entradas y respetar la sana distancia entre empleados y clientes, entre otras.

Estas acciones son parte del Acuerdo por el que se establecen las Medidas Preventivas y de Seguridad que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad Covid-19 y Plan para el Regreso Seguro a las Actividades Económicas, señaló la dependencia estatal.

Medidas Preventivas y de Seguridad

En la Gaceta de Gobierno del 3 de julio pasado se publicó el Acuerdo por el que se establecen las Medidas Preventivas y de Seguridad que las unidades económicas autorizadas para la reapertura deben implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad Covid-19.

En el documento se define como "restaurantes" a las unidades económicas cuya actividad sea la venta de alimentos preparados y bebidas (alcohólicas y no alcohólicas) para su consumo en los propios establecimientos.

Según lo establecido por la autoridad estatal, durante la etapa de Riesgo Alto en el semáforo epidemiológico el aforo permitido será solo del 30% en los restaurantes que no cuenten con espacios abiertos y del 40% para los que cuenten con espacios abiertos.

Además los establecimientos deben priorizar la instalación de mesas en espacios abiertos y los horarios de apertura deben ser podrán de las 06:00 de la mañana a las 22:00 horas.

En todos los casos y sin excepciones los restaurantes aperturados deben cumplir con una serie de requisitos, como lo son el realizar trabajos de sanitización exhaustivos en todo el inmueble y sus respectivas áreas, que haya ventilación natural o mecánica y contar con protocolos específicos de limpieza y desinfección diaria de áreas, superficies y objetos de contacto y de uso común, que incluyan lavar con agua y jabón, y desinfectar con una solución de hipoclorito de sodio al 0.5% u otra certificada para eliminar el Covid-19.

También se pide una limpieza continua de lámparas, mesas, sillas, barandales, manijas, puertas, superficies horizontales y verticales, aristas y cualquier otro elemento de fácil alcance para los clientes, empleados y proveedores, así como evitar por completo el uso de toallas de tela y contar con dispensadores de toallas de papel desechables.

Aunado a ello los restaurantes ahora deben establecer señalizaciones o barreras físicas para el ingreso y salida del personal, clientes y proveedores con el objeto de garantizar las medidas de sana distancia y colocar tapetes sanitizantes o alternativas similares en sus puntos de acceso.

Entre otras disposiciones, se debe evitar el uso de áreas de espera y vestíbulos, contar con dispensadores de gel antibacterial de preferencia de no contacto en la recepción, así como en puntos estratégicos, para ofrecerlo a empleados, clientes y proveedores siempre antes de entrar al establecimiento.