El Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el Estado de México anunció las facilidades de pago en dos modalidades a las que pueden acceder los contribuyentes que cuentan con adeudos fiscales, entre ellos la eliminación de multas y la disminución en la tasa de recargos.
En conferencia de prensa, la Administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de México 1, María de Lourdes Iglesias Chávez, precisó que los beneficios ofrecidos dependerán de cada caso particular, por lo que es necesario que los contribuyentes soliciten información sobre su adeudo fiscal en las oficinas del SAT a través de una cita, o vía telefónica al 55 62 72 27 28 opción 9 seguida de la opción 3.
En su intervención, el Administrador Desconcentrado de Recaudación México 2, Bruno Manuel Ibarra Reyes, expresó que las facilidades de pago disponibles son dos, una es el pago en parcialidades y otra el diferido.
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Facilidades de pago
El pago en parcialidades consta en plazos de uno a doce meses con tasa de interés fija del 1.26%, de trece a 24 meses con una tasa del 1.53%, y de 25 a 36 meses con tasa de interés fija del 1.82%.
Mientras que en la modalidad de pago diferido el contribuyente deberá indicar una fecha en un plazo no mayor a doce meses, en la que realizará el pago de su adeudo en una sola exhibición, además de realizar un pago inicial del 20% del monto adeudado.
"Este programa sí es de gran ayuda, con ese acercamiento entre la autoridad y el contribuyente para regularizar su situación fiscal, hay varias alternativas que el contribuyente puede aprovechar para regularizarse, sólo necesitan acercarse y solicitar información sobre su situación en particular para poderlos orientar", declaró Bruno Manuel Ibarra.
Excepciones en los adeudos
Por su parte, el Administrador Desconcentrado de Recaudación México 1, Alan Vázquez Armenta, sostuvo que en ambas modalidades de pago existen excepciones en los adeudos que podrían no ser candidatos a estos planes de liquidación, entre ellos las contribuciones detenidas, trasladados o recaudadas, las que debieron de pagarse en este año, las causadas con motivo de la importación o exportación y las que están en concurso mercantil o quiebra.
"Cada caso es particular, es necesario que revisemos los antecedentes del adeudo para determinar si es viable autorizar algún beneficio o alguna facilidad de pago de esta naturaleza, no obstante, previamente se les hizo llegar una invitación a los contribuyentes que de acuerdo a varios cruces de información pareciera que son viables para que se adhieran a estos beneficios, así que aquellos que tienen esa invitación previa pueden acercarse con nosotros a través de los compañeros de los servicios al contribuyente, ya sea con o sin cita", explicó.
Los contribuyentes pueden comunicarse al número telefónico 55 62 72 27 28 opción 9 seguida de la opción 3 para mayor información o acudir a las oficinas del SAT con sin cita previa para orientación personalizada.