/ miércoles 20 de junio de 2018

Aclara titular del Poder Judicial reposición del proceso de mujer violada en ETN

Se debe a una tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero se mantiene la medida cautelar: Sergio Medina Peñaloza.

Toluca, México.- La reposición del proceso de Rosa Margarita "N", quien fue violada y asaltada en un transporte público de pasajeros con dirección a San Luis Potosí, fue en cumplimiento de los criterios que ha emitido la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, denominado principio de inmediación, donde el mismo juez que reciba las pruebas sea el mismo que emite la sentencia.

Así lo afirmó Sergio Medina Peñaloza, presidente del Tribunal Superior de Justicia del estado de México, al explicar que está reposición es para el desahogo de algunas pruebas como los testimonios de los policías federales que intervinieron en el aseguramiento del acusado, un policía de investigación estatal y diversos peritos.

Aseveró que esto no afectará los derechos de la víctima ni se le pedirá que comparezca de nuevo y que el imputado seguirá en prisión preventiva por la gravedad de los delitos que cometió, tales como robo con violencia en transporte público de pasajeros y violación en transporte público.

"No hay ninguna aplicación retroactiva, lo que pasa es que la dinámica del trabajo judicial se integró bajo ciertas normas donde se posibilitaba el cambio de jueces (...) Pero recientemente, a partir del primero, cuando ya se habían desahogado muchas pruebas de este juicio, es cuando se emite el criterio de la jurisprudencia" dijo.

En cuanto al cambio de juez, Medina Peñaloza señaló que es una normatividad que ellos por conveniencia administrativa decidieron, pues recordó que el número de jueces es limitado, ya que la media en Latinoamérica es de 4 jueces por cada 100 mil habitantes y en la entidad se tiene 1.2 por 100 mil habitantes lo que genera que se imaginen marcos de actuación distintos que posibiliten que distintos jueces puedan intervenir un asunto.

Sin embargo aseguró que la juez que recibió las primeras pruebas personales y declaraciones de las víctimas será la misma que dará la sentencia.

"Y ahora, a partir del 1° de junio, con el criterio de la Corte que recién está entrando en el Sistema Acusatorio, ha establecido este criterio y finalmente lo que se tiene que hacer es adecuarse a la normativa".

SI no se hubiera realizado esta reposición del proceso, el justiciable se habría inconformado presentando un juicio de amparo directo y entonces un Tribunal Colegiado habría aplicado el mismo criterio, reveló.

En este sentido, el presidente del Tribunal Superior de Justicia no descartó que pueda reducirse la sentencia al imputado, pero reconoció que será difícil que esto suceda. "Es para preservar el debido proceso y evitar en algún futuro que nuevamente se reinicie un proceso judicial", concluyó.



Toluca, México.- La reposición del proceso de Rosa Margarita "N", quien fue violada y asaltada en un transporte público de pasajeros con dirección a San Luis Potosí, fue en cumplimiento de los criterios que ha emitido la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, denominado principio de inmediación, donde el mismo juez que reciba las pruebas sea el mismo que emite la sentencia.

Así lo afirmó Sergio Medina Peñaloza, presidente del Tribunal Superior de Justicia del estado de México, al explicar que está reposición es para el desahogo de algunas pruebas como los testimonios de los policías federales que intervinieron en el aseguramiento del acusado, un policía de investigación estatal y diversos peritos.

Aseveró que esto no afectará los derechos de la víctima ni se le pedirá que comparezca de nuevo y que el imputado seguirá en prisión preventiva por la gravedad de los delitos que cometió, tales como robo con violencia en transporte público de pasajeros y violación en transporte público.

"No hay ninguna aplicación retroactiva, lo que pasa es que la dinámica del trabajo judicial se integró bajo ciertas normas donde se posibilitaba el cambio de jueces (...) Pero recientemente, a partir del primero, cuando ya se habían desahogado muchas pruebas de este juicio, es cuando se emite el criterio de la jurisprudencia" dijo.

En cuanto al cambio de juez, Medina Peñaloza señaló que es una normatividad que ellos por conveniencia administrativa decidieron, pues recordó que el número de jueces es limitado, ya que la media en Latinoamérica es de 4 jueces por cada 100 mil habitantes y en la entidad se tiene 1.2 por 100 mil habitantes lo que genera que se imaginen marcos de actuación distintos que posibiliten que distintos jueces puedan intervenir un asunto.

Sin embargo aseguró que la juez que recibió las primeras pruebas personales y declaraciones de las víctimas será la misma que dará la sentencia.

"Y ahora, a partir del 1° de junio, con el criterio de la Corte que recién está entrando en el Sistema Acusatorio, ha establecido este criterio y finalmente lo que se tiene que hacer es adecuarse a la normativa".

SI no se hubiera realizado esta reposición del proceso, el justiciable se habría inconformado presentando un juicio de amparo directo y entonces un Tribunal Colegiado habría aplicado el mismo criterio, reveló.

En este sentido, el presidente del Tribunal Superior de Justicia no descartó que pueda reducirse la sentencia al imputado, pero reconoció que será difícil que esto suceda. "Es para preservar el debido proceso y evitar en algún futuro que nuevamente se reinicie un proceso judicial", concluyó.



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