La falta de respuesta de las autoridades de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEM) desencadenó en un aumento de la violencia de género al interior de la institución, acusaron las estudiantes que se encuentran en paro indefinido de labores en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales durante la conferencia de prensa ofrecida el sábado por la mañana.
Indicaron que a ese listado de hechos también se les suma el asesinato de la profesora, Sonia Pérez Rodea en el Teatro Universitario “Los Jaguares”, en la primera quincena de diciembre de 2019.
La falta de respuesta en su momento ante las denuncias expuestas en el MeToo hace un año, así como la falta de seguimiento y protocolo que dio pie al feminicidio ocurrido a la maestra de Danza Sonia Pérez.
Asimismo, mencionaron el reciente descubrimiento del uso de imágenes íntimas sin su consentimiento por parte de las estudiantes a cargo de un alumno de la Facultad de Ciencias de la Conducta a quien se le asocia a un red de pornografía.
Lo anterior dio pauta a la instalación de tendederos de denuncias en más de 20 planteles universitarios tanto de nivel superior como medio superior en donde se escribieron nombres de docentes que supuestamente incurrieron en ese tipo de actos por lo que informaron que, derivado del tendedero, contabilizaron nueve denuncias contra profesores y cinco de estudiantes.
Recurrimos a estas formas de acción porque necesitamos y requerimos ser escuchadas las denuncias formales no funcionan.
Detallaron que los procesos para denunciar esos hechos en la UAEM son largos y lentos, además los expedientes no están disponibles. “Las denuncias quedan en su mayoría al aire por considerarse de poca urgencia o un mal entendido”.
Ante esto, pidieron a las autoridades de la máxima casa de estudios emprender acciones efectivas que frenen la violencia de género pues recordaron que en varias ocasiones se hizo del conocimiento a las autoridades el problema de acoso y hostigamiento por parte de docentes o alumnos sin resultados.
Dejar convivir a las alumnas con un acosador en el aula que ha sido denunciado en repetidas ocasiones que no ha sido tomado en cuenta desenmascara esa crisis de violencia de género.
Pidieron respeto y justicia a sus derechos, además de no ser criminalizadas o revictimizar a las víctimas.
“No estamos en contra de tomar clases, pero no si nuestro acosador está ahí, no podemos asistir a clases si no estamos seguras”.
Me Too
El movimiento nació en Estados Unidos en donde actrices denunciaron acoso sexual por parte de directores.
En el país, durante el primer trimestre del año surgió el movimiento que abarcó varios grupos de la población: actores, directores, escritores, cantantes y músicos, en este último se relacionó el suicidio de Armando Vega Gil, integrante del grupo de rock Botellita de Jérez, al ser acusado de supuesto acoso.
Posteriormente, se abrió la de académicos y sería el 27 de marzo del mismo año cuando apareció Me Too Uamex, en primera instancia con denuncias de catedráticos y estudiantes de la FCPyS.
En los días subsecuentes el listado se amplió a cerca de 40 docentes de diversos planteles educativos de la UAEM desde el nivel medio superior y superior, además de personal administrativo.
De acuerdo con información publicada en este medio hasta mediados de mayo de 2019 no se habían presentado denuncias formales por ese tema y la autoridades exhortaban a hacerlo si fuera el caso.
Protocolo Acoso UAEM
En en noviembre de 2017, la actual administración presentó el Protocolo para prevenir, atender y sancionar casos de acoso y hostigamiento sexual en la Universidad Autónoma del Estado de México, que es el primero pues antes no habían antecedente.
En la presentación del escrito se dice que su creación se debe a la exigencia de tipo administrativo y jurídico para generar rutas críticas y procedimiento efectivos para una adecuada atención de la víctimas. De igual manera, se expresa que ayudará a fomentar la cultura de la denuncias de ese tipo de hechos.
“La Universidad se pronuncia en contra de cualquier conducta de esta índole que se cometa al interior, por lo que a efecto de que la institución conserve un entorno laboral y escolar libre de este tipo de discriminaciones y violencias”.
En el documento se dice son las mujeres las personas más expuestas a ese tipo de conductas aunque también lo son los hombres y las personas de la diversidad sexual.
Comprende VII capítulos, el primero se denomina “Aspectos Generales”, se dice el un documento de observancia general, se habla de confidencialidad, no victimizar.
El capítulo II, se llama “Autoridades y dependencias”, en donde tienen injerencia la Oficina del Abogado General, la Defensoría de los Derechos Humanos, la Controlaría Interna, la Coordinación Institucional de Equidad de Género y la autoridad del espacio correspondiente.
“Las instancias universitarias encargadas de la atención y sanción de casos de acoso sexual y hostigamiento sexual deberán generar las actuaciones correspondientes con estricta garantía de los derechos humanos de las presuntas víctimas de estas conductas y de quienes las ejercen”.
Se consideran omisiones de las autoridades y dependencias administrativas las siguientes: a) Negarse a recibir, atender o canalizar casos de acoso sexual y hostigamiento sexual tanto en el entorno escolar como laboral. b) Evitar el acceso a la justicia y la debida diligencia en los casos de acoso sexual y hostigamiento sexual por complicidad con la persona que perpetra la falta. c) Impedir el acceso a información y evidencias necesarias para la integración del expediente.
En el capítulo III se explica el acoso y hostigamiento sexual así como el grado, mismo que se divide en tres: verbal, no verbal y verbal con contacto físico.
El capítulo IV, señala la Ruta Crítica en la recepción y atención de los casos, la entrevista a la presunta víctima y la atención.
Posteriormente, vendrá el proceso de la investigación en donde deberán garantizarse la confidencialidad, seguridad y protección de la víctima durante el proceso así como la presunción de inocencia de la probable persona agresora.
“Durante la investigación y determinación de responsabilidad de un hecho de acoso sexual o bien de hostigamiento sexual, la Oficina del Abogado General, a través de la Dirección de Responsabilidad Universitaria, podrá implementar las medidas provisionales que pertinentes para salvaguardar los derechos humanos y universitarios de quienes estén involucrados en los actos”, cita.
Los capítulos V, VI y VII corresponden a sanciones, medidas de prevención y medidas de seguridad, respectivamente.