El pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó que la ex secretaria de Desarrollo Social y actual coordinadora de defensa del PRI, Alejandra Del Moral, no incurrió en actos anticipados, ni en promoción personalizada y rechazó solicitar el retiro de los espectaculares colocados por Morena en diferentes puntos de la entidad.
Del Moral
Un ciudadano acusó a la ex secretaria de Desarrollo Social Alejandra Del Moral Vela, cuando aún ocupaba ese cargo, por presuntos actos de precampaña y campaña, además de promoción personalizada, uso indebido de recursos, e indebida utilización de programas sociales cuando aún era funcionaria, por publicaciones en sus redes.
Sin embargo, el TEEM consideró inexistente la falta, pues si bien hubo contenidos en las redes de Del Moral, donde se señaló su nombre y cargo, para las y los magistrados no fueron constitutivos de violación al marco electoral, pues convergen en el ejercicio de su libertad de expresión como servidora pública y por el derecho a la información.
Espectaculares
En tanto, el PRI impugnó la decisión de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) de no aplicar medidas cautelares contra Morena por los espectaculares que ha colocado en distintos municipios.
El tricolor consideró que había una transgresión al principio de equidad en la contienda al actualizarse actos anticipados de campaña y precampaña en esa publicidad.
Sin embargo, las y los magistrados consideraron que no le asistió la razón, pues si bien fue impreciso por parte de la autoridad no acreditar el elemento temporal, es insuficiente para revocar el acuerdo controvertido, pues como lo razonó la Secretaría Ejecutiva, en apariencia del buen derecho no se acreditaron elementos para actualizar actos anticipados de precampaña o campaña.
Determinaron que la propaganda denunciada encuadra dentro de la de carácter político y no viola la normativa electoral; por lo cual se confirmó el acuerdo controvertido.
Otros casos
Un ciudadano, quien participó por una vocalía en el proceso a la gubernatura, impugnó que lo hubieran incluido en el folio de aspirantes sin derecho a presentar examen de conocimientos por un error en su clave de elector. El tribunal revocó el acto impugnado.
En el juicio donde una regidora de Mexicaltzingo acusó al presidente, al secretario y al tesorero por presunta violencia política por diversos actos; el tribunal consideró inexistente esa conducta, pues los hechos no se basaron en elementos de género para menoscabar el derecho de la denunciante por ser mujer.
Además, no se advirtieron estereotipos de género que la afectaran en el desempeño de su cargo, pues ocurrió lo mismo en el resto de las regidurías sin importar el género.
Una delegada de Nueva Alianza impugnó la negativa a entregarle información por parte de la Dirección de Partidos Políticos; por lo cual la vincularon a entregar la información.
También se confirmó lo aprobado en una acta de cabildo del municipio de Ixtapan de la Sal y se rechazó que se hubiera cometido violencia política de género.
La representante indígena del ayuntamiento de Toluca solicitó apoyo financiero para desempeñar su cargo, pero la autoridad le respondió; por lo cual TEEM señaló que no se afectó su derecho de petición.