Hasta la mañana de este miércoles la Fiscalía General de Justicia del Estado de México suma 11 denuncias en contra del alumno de la Universidad Autónoma del Estado de México que presuntamente comercializaba fotografías íntimas de estudiantes y poco más de 10 denuncias en contra de profesores, personal docente, administrativo o incluso alumnos universitarios por acoso sexual, informó el titular de la institución, Alejandro Gómez Sánchez.
Explicó que existen denuncias hechas antes de las movilizaciones y el “tendedero” realizado por las estudiantes universitarias, y otras que se han iniciado a partir de una labor de acercamiento del área de género de la institución con las alumnas con el propósito de que presenten la denuncia, sin embargo, no especificó el número en cada una de ellas.
Tras asistir a la inauguración del Congreso de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, el Fiscal General de Justicia de la entidad expuso que en algunas de las denuncias realizadas por la comercialización del material fotográfico fueron antes de la tipificación del delito (de cibervenganza, ciberporno y acoso sexual bajo el esquema de "la Ley Olimpia"), por lo que en las carpetas de investigación se analiza la temporalidad de cada una de ellas.
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"Estamos analizando un tema de temporalidad, algunas de las denuncias nos refieren que el momento en que se habrían distribuido, comercializado estas imágenes sin la autorización de las estudiantes, habría sido antes de la tipificación del delito del tipo penal específico, pero eso no excluye la posibilidad de un acoso o de un tema de hostigamiento sexual, que sería la materia de judicialización en su momento", aclaró el funcionario.
Hasta la fecha no se ha llamado a declarar al estudiante que presuntamente es responsable de la venta de las fotografías íntimas de las estudiantes universitarias, dijo, pues aún se realiza la recaudación de información por parte de las víctimas, con quienes se realiza la labor de convencimiento para que denuncien de manera formal.
Gómez Sánchez agregó que el probable responsable podría ser judicializado por el delito de acoso u hostigamiento sexual y se analiza la posibilidad de un tipo penal por el delito de trata de personas.
Añadió que el material fotográfico pudo haber sido conseguido por el estudiante de la máxima casa de estudios mexiquense por el posible engaño que él hizo a algunas de las víctimas, porque novios o parejas de las jóvenes se las hicieron llegar o por el hackeo de redes sociales o dispositivos móviles.
Suspende UAEM a 18 profesores más de 10 espacios universitarios
La Universidad Autónoma del Estado de México informó que suspendió a 10 profesores, destituyó a uno, despidió a uno y separó a seis de su cargo de un total de 10 espacios académicos.
De dichos procedimientos legales, dos académicos estaban adscritos al Plantel “Lic. Adolfo López Mateos”, uno al Plantel “Dr. Ángel Ma. Garibay K.”, uno al Plantel “Dr. Pablo González Casanova” -en el municipio de Tenancingo-, uno a la Facultad de Arquitectura y Diseño, dos a la Facultad de Contaduría y Administración, uno a la Facultad de Derecho, uno a la Facultad de Humanidades, uno a la Facultad de Odontología, dos a la Facultad de Química y seis a la Facultad de Turismo y Gastronomía.
Marco Jurídico
En el Estado de México se considera delito la difusión, exhibición o revelación de audios, textos, imágenes y grabaciones de voz o audiovisuales de naturaleza erótica, sexual o pornográfica obtenidos durante el noviazgo o relación de pareja en redes sociales e internet, según lo publicado en gaceta de Gobierno el 5 de septiembre de 2019.
Los responsables de estas conductas pueden enfrentar de uno hasta 14 años de prisión, y multas de entre los 16 mil 898 y los 42 mil 245 pesos.
El proyecto de decreto a la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de México, fue propuesto por la legisladora de Morena, Karina Labastida Sotelo.
Violencia Digital, mejor conocida como "Ley Olimpia", pretende prevenir y castigar violencia digital hacia las mujeres a través del acoso en redes sociales y la difusión sin consentimiento de los llamados “packs”, es decir, imágenes de carácter íntimo de las víctimas.
A principios del mes de diciembre el pleno del Congreso capitalino aprobó un dictamen para reformar el Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, con el objetivo de sancionar la violencia digital en contra de las mujeres.
Aparte de la Ciudad de México, la “Ley Olimpia” ya fue aprobada en Guerrero, Nuevo León, Puebla, Baja California Sur, Guanajuato, Querétaro, Oaxaca, Chiapas, Estado de México, Coahuila, Yucatán, Veracruz y Zacatecas
La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia señala que la violencia digital es “cualquier acto realizado mediante el uso de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales, plataformas de internet, correo electrónico o cualquier medio tecnológico por el que se obtenga, exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmite, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento, que atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las mujeres o cause daño psicológico, económico o sexual, tanto en el ámbito privado como en el público, además del daño moral tanto a ellas como a sus familias”.