A casi tres años de la implementación de la Ley de Amnistía en el Estado de México, suman 6 mil 046 solicitudes de amnistía en el territorio, que representan el 50.56% del total ingresado.
Lo anterior con base en la estadística sobre amnistías publicado por el Poder Judicial del Edomex, actualizado al 12 de enero de este año, el cual precisa que el 99 por ciento de las amnistías otorgadas son por el delito de robo.
De las 3 mil 057 amnistías concedidas, únicamente 182 beneficiaron a mujeres, lo que representa un 5.95 por ciento del total.
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En pie de lucha
Desde hace 234 días la organización Haz Valer mi Libertad se mantienen en plantón a las afueras del Palacio de Gobierno estatal.
Los familiares de personas presuntamente presas de manera injusta, han reiterado su exigencia sobre la revisión de las carpetas de investigación de sus imputados e incluso han señalado fabricación de delitos.
Por ello, su exigencia de amnistía se mantiene y pese a que han señalado que el Poder Judicial estatal no ha retomado sus casos, el presidente de esa institución, Ricardo Sodi Cuellar, ha reiterado que el Poder Judicial ha abierto las puertas al diálogo.
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Recientemente el abogado de profesión y activista defensor de derechos humanos, Antonio Lara Duque, señaló a El Sol de Toluca que en la entidad mexiquense es recurrente la discriminación estructural, situación que deriva en la fabricación de carpetas de investigación y, por consiguiente, la obtención de falsos culpables.
¿Qué dice la Ley?
La Ley de Amnistía del Estado de México beneficia a quienes hayan cometido delitos como aborto, contra la salud del fuero común, los cometidos por personas pobres, de extrema vulnerabilidad, indígenas o afromexicanos y campesinos en la defensa legítima de su tierra.
Con base en el marco jurídico vigente, otros posibles beneficiarios son quienes cometieron un robo simple y sin violencia, y con violencia cuando no cause lesiones, muerte o no se hayan usado armas de fuego; así como a mujeres acusadas o sentenciadas por exceso de legítima defensa, a mayores de 65 años con enfermedades graves, crónicas - degenerativas, acusadas o sentenciadas por exceso de legítima defensa.
Además, se contempla a quienes cometieron el delito de sedición o apología de él, resistencia, encubrimiento por receptación, delitos contra el ambiente, previa reparación del daño; abigeato, delitos culposos cuando se pague o garantice la reparación del daño y a quienes están privados de su libertad y tengan una resolución, pronunciamiento, o recomendación de organismos internacionales.