Aumentan penas por maltrato animal en Edomex; la pena máxima podría ser de nueve años para servidores públicos

Impondrán hasta cuatro años por maltrato y seis años a quien prolongue su agonía

Violeta Huerta | El Sol de Toluca

  · jueves 29 de julio de 2021

Cuartoscuro

Este jueves la Legislatura del Estado de México aprobó reformas para sancionar con mayor dureza a quien cometa el delito de maltrato animal en el Estado de México.

A unos días de que un perro fue asesinado en Tlalnepantla, un caso que generó indignación en redes sociales, el pleno del Congreso local avaló duplicar las penas establecidas en el Código Penal, con lo cual, el maltrato animal se castigará hasta con cuatro años de prisión, con la posibilidad de incrementar en una mitad si los actos se videograban, fotografían, o difunden.

La pena será de hasta seis años cuando se prolongue la agonía del animal y podría aumentar en una mitad si quien lo comete es servidor o servidora pública, es decir, llegaría hasta a nueve años de prisión.

Las reformas implican además obligaciones para los municipios mexiquenses, los cuales deberán constituir consejos de bienestar animal y establecer políticas públicas, entre ellas, programas de esterilización, tener unidades móviles que brinden servicio veterinario en forma rutinaria y reporten casos de maltrato.

La diputada Elizabeth Millán García de Morena, autora de la propuesta, destacó que la actual Legislatura estableció en la Constitución que los animales son seres sintientes y deben tener un trato digno. Agradeció al coordinador del Centro de Bienestar Animal de Toluca Emmanuel Pedraza Reyes su asesoría en el dictamen, advirtió que las matanzas no son la solución y sostuvo que la inversión para cumplir con esos ajustes, es mínima.

Los ajustes

El pleno de la Cámara de Diputados avaló por unanimidad reformas a los artículos 235 Bis y 235 Ter del Código Penal del Estado de México, con lo cual, quien causa lesiones dolosas a cualquier animal, que no constituya una plaga, con el fin de causarle o no la muerte, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y de 150 a 300 días multa y podrán aumentar en una mitad si se graban, videograban o difunden, es decir, llegar a seis años.

Además, a quien realice actos eróticos sexuales a un animal, o le introduzca vía vaginal o rectal el miembro viril, cualquier parte del cuerpo, objeto o instrumento de igual forma se le sancionará con penas de seis meses a cuatro años de prisión y de 50 a 150 días multa. De ser grabados o fotografiados también podrían llegar a seis años.

Las penalidades más altas serán para quien cause la muerte no inmediata de un animal, utilizando cualquier medio que prolongue su agonía, pues se le impondrán de tres a seis años de prisión y de 200 a 400 días multa, pero las penas podrían aumentar hasta en una mitad, es decir, hasta a nueve años si el maltrato animal es cometido por servidores públicos encargados del manejo de animales.

Antes de esta reforma, que deberá publicarse para entrar en vigor, el delito de maltrato animal y los actos sexuales hacia ellos eran castigados apenas hasta con dos años de prisión. La sanción más alta era de tres años para casos de crueldad, es decir, si se prolongaba su agonía.

Unidades municipales

Las unidades municipales de control y bienestar animal que deberán crearse tendrán la atribución de efectuar programas de esterilización hacia todos los animales, incluyendo a los que estén en situación de calle, a fin de generar un control, pero también una cultura de la convivencia responsable.

También deberán atender y canalizar reportes de maltrato animal en situación de calle, tener un plan de trabajo anual, contar con medidas de control sanitario, disponer de equipo que proporcione servicio veterinario de manera rutinaria y usar unidades en desuso para la instalación de unidades móviles de esterilización de animales de compañía y en situación de calle.

La meta será esterilizar al 10% del total de animales en situación de calle cada año, con la posibilidad de auxiliarse de dependencias y de la sociedad civil.



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