La bancada de Morena en la Legislatura local impulsa una reforma a la Ley de Fiscalización Superior del estado de México que permitiría a exsenadores, exdiputados locales y federales o actuales legisladores y miembros de partidos ser el próximo titular del Órgano Superior de Fiscalización del estado de México (OSFEM).
Justo antes de que se emita la convocatoria para elegir al nuevo auditor superior Morena plantea eliminar candados para quienes hayan ocupado esos cargos de representación popular.
Sin embargo los mantiene para aquellos que en los tres años anteriores hayan sido titular de dependencias u organismos auxiliares del Poder Ejecutivo del Estado, magistrado, Juez, presidente municipal, integrante de tribunales administrativos, organismos autónomos estatales o dirigente de partido político.
Incluso podrían ocupar el cargo quienes en este momento son representantes populares, siempre y cuando soliciten licencia para separarse del cargo, aunque tendrían que cumplir con el perfil.
También se incluye otra reforma para que quien sea elegido como auditor superior no pueda ocupar el cargo de dirigente de partido.
La autora de la iniciativa, Mariana Uribe de Morena justificó que la ley de Fiscalización está rebasada y en algunos aspectos incluso excedida de lo señalado en las Constituciones Federal y Local.
En estos momentos la Ley Superior de Fiscalización pide como requisito para ser auditor superior: “no haber sido, durante los tres años anteriores a su designación, Senador, Diputado al Congreso de la Unión o Diputado Local”, con lo cual, advirtió, se contravienen los artículos 62 de la Constitución Federal y 43 de la Constitución Local.
Los citados artículos abren la posibilidad de separarse del cargo para asumir otra responsabilidad con la presentación de la solicitud de licencia correspondiente.
Sin embargo, en la exposición de motivos advierte que muchos personajes han ocupado sus puestos para obtener beneficios para sí o para otras personas, agravando esas conductas, pues son en perjuicio de la Federación, del Estado o de los Municipios.
También advierte que el requisito de no ser “No haber sido, durante los tres años anteriores a su designación, ni miembro o dirigente de partido político alguno;” es un impedimento “exagerado”, pues en la actualidad los partidos políticos han incurrido en prácticas de afiliación a sus institutos de personas que en muchas ocasiones ni siquiera saben que fueron agregadas a sus padrones.
Consideró que por el simple hecho de aparecer en esos registros se imposibilita a los ciudadanos a ocupar el cargo, aun cuando no tengan una participación política activa; por lo cual consideró necesario hacer más accesibles los requisitos para ser Auditor Superior, reformar el artículo que los señala y no incurrir en violaciones a otros ordenamientos.