/ viernes 9 de noviembre de 2018

Buscan diputados penalizar nuevamente venta de alcohol a menores de edad

Existe una controversia constitucional pendiente de resolver


Toluca, México.-La bancada del PAN propuso echar abajo la reforma aprobada en agosto del 2017 por la anterior Legislatura local y penalizar nuevamente la venta de alcohol a menores de edad, a fin de garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes y evitar que aumente el consumo de bebidas alcohólicas.

La legisladora Karla Fiesco advirtió que el ex gobernador Eruviel Ávila hizo la propuesta con el argumento de que la venta de bebidas alcohólicas sin licencia o permiso debe ser considerada una falta administrativa, pues esa figura era utilizada de manera indiscriminada por servidores públicos para extorsionar e intimidar a titulares de unidades económicas.

Reprochó que esos argumentos nunca justificaron los cambios, pues si el único razonamiento era erradicar o disminuir los índices de corrupción, debieron considerar otros medios o instrumentos, como recurrir al Sistema Estatal Anticorrupción.


Contexto

La oposición en la anterior Legislatura interpuso una Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la derogación del segundo párrafo de la fracción I y del párrafo octavo de la fracción III del artículo 204 del Código Penal del Estado de México y del Decreto 241 del 2017 emitido por la LIX Legislatura del Estado de México que sigue pendiente.

El argumento de esa acción fue que con la reforma se contravinieron las medidas legislativas requeridas para garantizar el pleno desarrollo de la infancia y la adolescencia, dejando de atender el principio del interés superior de la niñez.


Crece consumo de alcohol en menores

Karla Fiesco advirtió que los jóvenes y menores consumen alcohol y drogas cada vez a menor edad, pues según la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco ENCODAT 2016-2017 el 42.9% de los adolescentes entre 12 y 17 años de edad han probado alguna vez alcohol en su vida, y el 12.9% tienen un consumo excesivo.

La Secretaría de Salud del Estado de México registra que los jóvenes comienzan el consumo de alcohol a los 12 años, y según el INEGI la entidad mexiquense concentra el mayor número de jóvenes menores de edad en el país; mientras la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas en Estudiantes (Encode) 2014 arrojó que el Estado de México es una de las cinco entidades con mayor consumo de alcohol entre estudiantes de secundaria y preparatoria, junto con la Ciudad de México, Jalisco, Michoacán y Tlaxcala.


Dato

La propuesta implica reformas al Código Penal del Estado de México para incluir:

Artículo 148 Bis.- Al que venda o suministre bebidas alcohólicas en envase abierto o para el consumo por copeo, sin contar con la licencia de funcionamiento o permiso correspondiente, se le impondrán de tres a seis años de prisión y de quinientos a dos mil días multa.

La pena aumentará hasta en una mitad, cuando la conducta se realice en un radio menor o igual a quinientos metros de las instituciones educativas.

Artículo 204.- Comete el delito contra las personas menores de edad y quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho al que por cualquier medio, obligue, procure, induzca o facilite a una persona menor de edad o quien no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o la capacidad de resistirlo


Toluca, México.-La bancada del PAN propuso echar abajo la reforma aprobada en agosto del 2017 por la anterior Legislatura local y penalizar nuevamente la venta de alcohol a menores de edad, a fin de garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes y evitar que aumente el consumo de bebidas alcohólicas.

La legisladora Karla Fiesco advirtió que el ex gobernador Eruviel Ávila hizo la propuesta con el argumento de que la venta de bebidas alcohólicas sin licencia o permiso debe ser considerada una falta administrativa, pues esa figura era utilizada de manera indiscriminada por servidores públicos para extorsionar e intimidar a titulares de unidades económicas.

Reprochó que esos argumentos nunca justificaron los cambios, pues si el único razonamiento era erradicar o disminuir los índices de corrupción, debieron considerar otros medios o instrumentos, como recurrir al Sistema Estatal Anticorrupción.


Contexto

La oposición en la anterior Legislatura interpuso una Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la derogación del segundo párrafo de la fracción I y del párrafo octavo de la fracción III del artículo 204 del Código Penal del Estado de México y del Decreto 241 del 2017 emitido por la LIX Legislatura del Estado de México que sigue pendiente.

El argumento de esa acción fue que con la reforma se contravinieron las medidas legislativas requeridas para garantizar el pleno desarrollo de la infancia y la adolescencia, dejando de atender el principio del interés superior de la niñez.


Crece consumo de alcohol en menores

Karla Fiesco advirtió que los jóvenes y menores consumen alcohol y drogas cada vez a menor edad, pues según la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco ENCODAT 2016-2017 el 42.9% de los adolescentes entre 12 y 17 años de edad han probado alguna vez alcohol en su vida, y el 12.9% tienen un consumo excesivo.

La Secretaría de Salud del Estado de México registra que los jóvenes comienzan el consumo de alcohol a los 12 años, y según el INEGI la entidad mexiquense concentra el mayor número de jóvenes menores de edad en el país; mientras la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas en Estudiantes (Encode) 2014 arrojó que el Estado de México es una de las cinco entidades con mayor consumo de alcohol entre estudiantes de secundaria y preparatoria, junto con la Ciudad de México, Jalisco, Michoacán y Tlaxcala.


Dato

La propuesta implica reformas al Código Penal del Estado de México para incluir:

Artículo 148 Bis.- Al que venda o suministre bebidas alcohólicas en envase abierto o para el consumo por copeo, sin contar con la licencia de funcionamiento o permiso correspondiente, se le impondrán de tres a seis años de prisión y de quinientos a dos mil días multa.

La pena aumentará hasta en una mitad, cuando la conducta se realice en un radio menor o igual a quinientos metros de las instituciones educativas.

Artículo 204.- Comete el delito contra las personas menores de edad y quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho al que por cualquier medio, obligue, procure, induzca o facilite a una persona menor de edad o quien no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o la capacidad de resistirlo

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