/ sábado 5 de septiembre de 2020

Chocan versiones por litigio de embargo del Cosmovitral de Toluca

El área de Comunicación Social del ayuntamiento aclaró que dicho inmueble no es parte del patrimonio municipal y es responsabilidad del gobierno estatal.

Abogados de la empresa Diseños y Construcciones “Hermosa Provincia” informaron que el Cosmovitral de Toluca fue inscrito por el ayuntamiento de esta localidad como un inmueble para ser embargado debido a un adeudo de casi 27 millones del gobierno municipal con la citada empresa.

Dicha cantidad deriva de la deuda inicial más gastos adicionales generados durante el litigio.

Sin embargo, el área de Comunicación Social del ayuntamiento aclaró que dicho inmueble no es parte del patrimonio municipal y es responsabilidad del gobierno estatal.

Por separado, la abogada Andrea Jardón, quien forma parte de la representación jurídica de la citada empresa, informó que dos inmuebles del gobierno municipal ya fueron inscritos para el embargo ante la negativa del gobierno municipal para pagar.

“Están inscritos los embargos sobre los inmuebles, no pueden disponer del inmueble y se encuentran para que se realice el avalúo y proceda su remate, si el ayuntamiento no quiera hacer el pago”, indicó.

Uno de esos inmuebles es el Cosmovitral, indicó, lo cual sustentó con la respectiva información del Registro Público de la Propiedad.

Incluso indicó que fue el gobierno municipal quien señaló a ese predio como posible bien para ser embargado.

“En noviembre de 2019 ellos señalaron un inmueble, que es el Cosmovitral, fue señalado directamente por la parte demandada que es el ayuntamiento”, aseguró.

La abogada admitió que al haber señalado al Cosmovitral como un inmueble para ser embargado, el ayuntamiento pudo haber instrumentado una táctica dilatoria, sin embargo, el procedimiento ya está inscrito en el Registro Público de la Propiedad.

“El Registro Público ya informó al juzgado de la inscripción de ese inmueble”, señaló, al señalar que el predio ya está embargado, aunque la autoridad que lo administre puede seguir usándolo.

La abogada comentó que adicionalmente otro predio del gobierno de Toluca, ubicado en una zona industrial, ya estaría para proceder al remate. No obstante, hoy el gobierno de Toluca insistió que no puede embargarse dicho predio.

Recordó que la deuda deriva de una obra realizada en la administración de la exalcaldesa del PRI, María Elena Barrera Tapia. La obra se contrató en diciembre de 2010.

“Todo fue por el incumplimiento de pago de una (unidad) Deportiva que está en San Mateo Otzacatipan por donde está el aeropuerto, se concluyó y nunca se realizó el pago”.

No obstante, hoy el gobierno de Toluca insistió que no puede embargarse dicho predio.

“Los edificios públicos no pueden servir de garantía para un adeudo, como lo indica el artículo 22 de la Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios, que a la letra dice:

“'Los bienes del dominio público son inalienables, imprescriptibles, inembargables y no estarán sujetos a gravamen o afectación de dominio alguno, acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional, mientras no se pierda este carácter', por lo anterior, el texto publicado es absolutamente falso", informó en una tarjeta informativa.

La abogada recordó que el 17 de febrero de 2016 se emitió la sentencia para ordenar el pago del ayuntamiento, lo cual fue confirmado por un tribunal colegiado y la Suprema Corte de Justicia de la Nación.


Abogados de la empresa Diseños y Construcciones “Hermosa Provincia” informaron que el Cosmovitral de Toluca fue inscrito por el ayuntamiento de esta localidad como un inmueble para ser embargado debido a un adeudo de casi 27 millones del gobierno municipal con la citada empresa.

Dicha cantidad deriva de la deuda inicial más gastos adicionales generados durante el litigio.

Sin embargo, el área de Comunicación Social del ayuntamiento aclaró que dicho inmueble no es parte del patrimonio municipal y es responsabilidad del gobierno estatal.

Por separado, la abogada Andrea Jardón, quien forma parte de la representación jurídica de la citada empresa, informó que dos inmuebles del gobierno municipal ya fueron inscritos para el embargo ante la negativa del gobierno municipal para pagar.

“Están inscritos los embargos sobre los inmuebles, no pueden disponer del inmueble y se encuentran para que se realice el avalúo y proceda su remate, si el ayuntamiento no quiera hacer el pago”, indicó.

Uno de esos inmuebles es el Cosmovitral, indicó, lo cual sustentó con la respectiva información del Registro Público de la Propiedad.

Incluso indicó que fue el gobierno municipal quien señaló a ese predio como posible bien para ser embargado.

“En noviembre de 2019 ellos señalaron un inmueble, que es el Cosmovitral, fue señalado directamente por la parte demandada que es el ayuntamiento”, aseguró.

La abogada admitió que al haber señalado al Cosmovitral como un inmueble para ser embargado, el ayuntamiento pudo haber instrumentado una táctica dilatoria, sin embargo, el procedimiento ya está inscrito en el Registro Público de la Propiedad.

“El Registro Público ya informó al juzgado de la inscripción de ese inmueble”, señaló, al señalar que el predio ya está embargado, aunque la autoridad que lo administre puede seguir usándolo.

La abogada comentó que adicionalmente otro predio del gobierno de Toluca, ubicado en una zona industrial, ya estaría para proceder al remate. No obstante, hoy el gobierno de Toluca insistió que no puede embargarse dicho predio.

Recordó que la deuda deriva de una obra realizada en la administración de la exalcaldesa del PRI, María Elena Barrera Tapia. La obra se contrató en diciembre de 2010.

“Todo fue por el incumplimiento de pago de una (unidad) Deportiva que está en San Mateo Otzacatipan por donde está el aeropuerto, se concluyó y nunca se realizó el pago”.

No obstante, hoy el gobierno de Toluca insistió que no puede embargarse dicho predio.

“Los edificios públicos no pueden servir de garantía para un adeudo, como lo indica el artículo 22 de la Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios, que a la letra dice:

“'Los bienes del dominio público son inalienables, imprescriptibles, inembargables y no estarán sujetos a gravamen o afectación de dominio alguno, acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional, mientras no se pierda este carácter', por lo anterior, el texto publicado es absolutamente falso", informó en una tarjeta informativa.

La abogada recordó que el 17 de febrero de 2016 se emitió la sentencia para ordenar el pago del ayuntamiento, lo cual fue confirmado por un tribunal colegiado y la Suprema Corte de Justicia de la Nación.


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