El Tribunal Superior de Justicia del Estado de México mantiene las medidas de salubridad anunciadas en el Acuerdo 30/2020 para evitar la propagación del coronavirus SARS-CoV2 causante de la enfermedad Covid-19.
Además del estricto control de temperatura en el acceso a todos los inmuebles del Poder Judicial mexiquense, se mantiene la permanente dotación de gel antibacterial y la prohibición de ingresar sin cubrebocas.
De acuerdo con información proporcionada a El Sol de Toluca en espera de la respuesta oficial, existe un calendario para la sanitización de cada uno de los 63 edificios adscritos al patrimonio del Poder Judicial; acción que se realiza puntualmente cada 15 días.
Las fuentes consultadas descartaron la denuncia de contagio en un juzgado de lo Mercantil por falta de respeto a las medidas sanitarias, pues les consta que el personal de control impide el acceso a quienes argumentan calor corporal por viajar en automóvil en horas del medio día.
Es de mencionar que estas medidas se han aplicado desde la reanudación de términos, plazos procesales en términos de ley, así como en el inicio de las actividades presenciales, lo cual ocurre desde el pasado 27 de julio.
El documento con las medidas implementadas se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno”, además, en la página electrónica oficial y en Boletín Judicial del PJEdomex.
El texto señala medidas de seguridad para los centros de trabajo, como filtro sanitario con toma de temperatura corporal, tapetes sanitizantes, espacios y áreas de acceso al público con señalización en el piso de 1.5 metros de distancia, así como limpieza y desinfección a las áreas y puntos de contacto.
Además, contempla la prohibición de usar corbata, bufandas y joyería; además recomienda evitar barba y bigote tanto a servidores públicos como a personas ajenas.
En el documento también se dio a conocer que las labores serían reiniciadas en el marco de la fase naranja del Semáforo Epidemiológico y con sólo 50% de los servidores públicos judiciales, mientras el resto se mantendría laborando desde sus casas en los horarios establecidos en su área de adscripción.
Igualmente, establece que los usuarios de servicios del Poder Judicial y el público en general deberán acudir a juzgados sólo para trámites indispensables o cuando sean parte en un proceso jurisdiccional, testigo, auxiliar de la administración de justicia, abogado postulante o cualquier otra calidad que requiera su presencia.