/ miércoles 23 de junio de 2021

¿Cuáles son los nuevos lineamientos para las visitas en los centros penitenciarios?

Las visitas se ampliaron a todos los días de la semana en el caso de las familiares

A partir de este miércoles las visitas familiares en todos los Centros Penitenciarios y de Reinserción Social (CPyRS) del Estado de México se extenderán todos los días de la semana, en horarios de las 9:00 de la mañana y hasta las 14:00 horas.

Lo anterior con base en los nuevos lineamientos operativos para el ingreso de visitantes a los centros penitenciarios de la entidad, publicados en la Gaceta de Gobierno estatal del 22 de junio de este año.

De acuerdo con el documento, quienes pretendan visitar a una persona sentenciada o procesada deberán cumplir una serie de requisitos según el tipo de visita, que podrá ser familiar, personal, íntima o religiosa, humanitaria y asistencial.

La visita podrá ser programada por la autoridad penitenciaria de lunes a domingo, en un horario de las 9:00 de la mañana a las 14:00 horas, con acceso de 9:00 a 12:00 horas y salida a las 14:00.

Cabe mencionar que en los lineamientos anteriores, las visitas únicamente se realizaban en determinados días de la semana.

Sin excepción, las personas que realizarán las visitas deberán identificarse con la credencial emitida por el Área de Trabajo Social o pase provisional, además respetar las medidas de supervisión y control de ingreso, permanencia y salida, de acuerdo a los protocolos correspondientes.

Visita familiar

La persona que realiza la visita deberá acreditar ampliamente su parentesco consanguíneo con la persona privada de la libertad (PPL), ya sea por concubinato o línea recta de primer grado, parentesco por afinidad o civil, a fin de que el área de Trabajo Social le otorgue la credencial correspondiente.

En caso de abandono comprobado, la credencial de visita será otorgada a familiares consanguíneos hasta el segundo grado, es decir, abuelas o abuelos, tías o tíos, primas o primos, nietas o nietos.

Para tramitar dicha credencial será necesario presentar acta de nacimiento de la persona privada de la libertad, acta de nacimiento de la o el solicitante, identificación vigente con fotografía de la o el solicitante (INE, pasaporte, licencia de manejo, IMSS, ISSSTE, ISSEMYM, INAPAM o cédula profesional), y dos fotografías tamaño infantil.

Al cónyuge o concubina o concubino, también le será solicitada su acta matrimonio o acta de concubinato; ésta última deberá ser tramitada ante la o el Juez de lo Familiar en términos de lo establecido en el Código Civil del Estado de México.

En caso de no contar con alguna de las anteriores, los interesados podrán presentar acta de nacimiento de las hijas o hijos; todos los documentos deberán ser presentados en original y copia.

Los horarios de las 9:00 de la mañana y hasta las 14:00 horas y podrán extenderse de domingo a lunes, según lo determine la autoridad penitenciaria.

Visita personal

En este caso en particular, la visita sólo será por un lapso de 10 a 15 minutos, fuera de los horarios y días considerados en la visita familiar, mismos que determinará la autoridad penitenciaria.

Para este tipo de visita, será el o la persona privada de la libertad quien solicite el ingreso de la persona al director del Centro Penitenciario a través del Área de Trabajo Social.

El acceso a las amistades de los internos será sujeto al cumplimiento de los requisitos solicitados por la autoridad penitenciaria, entre los cuales destacan el presentar una copia certificada del acta de nacimiento de la persona privada de la libertad, una identificación oficial vigente y una constancia de modo honesto de vivir.

Además de una constancia domiciliaria expedida por el Municipio o Alcaldía.

Es preciso destacar que este tipo de visitas sólo serán autorizadas en caso de comprobarse la ausencia total de familiares por matrimonio o concubinato y por parentesco.

Visita íntima

El horario de visita íntima sólo será de 3 horas, en un horario diurno de 09:00 a 18:00 horas, cualquier día de la semana.

Para este tipo de visita, además de la documentación necesaria, el visitante deberá presentar los resultados de los estudios médicos de prueba serológica para la sífilis (VDRL) y papanicolaou, expedidos por una institución pública o privada legalmente acreditada.

El documento referido señala que la autorización de visita íntima entre personas privadas de la libertad ubicadas en distintos Centros Penitenciarios, dependerá del cumplimiento de los requisitos establecidos para esta modalidad en la Ley, tomando en cuenta la capacidad y los recursos con los que cuente el Centro Penitenciario.

Visitas religiosas, humanitarias y asistenciales

En esta modalidad de visita el horario no es especificado en la Gaceta de Gobierno, pues dependerá del cumplimiento de todos los requisitos necesarios solicitados por la autoridad penitenciaria y, en caso de autorizarse, se determina el desarrollo de la misma.

A partir de este miércoles las visitas familiares en todos los Centros Penitenciarios y de Reinserción Social (CPyRS) del Estado de México se extenderán todos los días de la semana, en horarios de las 9:00 de la mañana y hasta las 14:00 horas.

Lo anterior con base en los nuevos lineamientos operativos para el ingreso de visitantes a los centros penitenciarios de la entidad, publicados en la Gaceta de Gobierno estatal del 22 de junio de este año.

De acuerdo con el documento, quienes pretendan visitar a una persona sentenciada o procesada deberán cumplir una serie de requisitos según el tipo de visita, que podrá ser familiar, personal, íntima o religiosa, humanitaria y asistencial.

La visita podrá ser programada por la autoridad penitenciaria de lunes a domingo, en un horario de las 9:00 de la mañana a las 14:00 horas, con acceso de 9:00 a 12:00 horas y salida a las 14:00.

Cabe mencionar que en los lineamientos anteriores, las visitas únicamente se realizaban en determinados días de la semana.

Sin excepción, las personas que realizarán las visitas deberán identificarse con la credencial emitida por el Área de Trabajo Social o pase provisional, además respetar las medidas de supervisión y control de ingreso, permanencia y salida, de acuerdo a los protocolos correspondientes.

Visita familiar

La persona que realiza la visita deberá acreditar ampliamente su parentesco consanguíneo con la persona privada de la libertad (PPL), ya sea por concubinato o línea recta de primer grado, parentesco por afinidad o civil, a fin de que el área de Trabajo Social le otorgue la credencial correspondiente.

En caso de abandono comprobado, la credencial de visita será otorgada a familiares consanguíneos hasta el segundo grado, es decir, abuelas o abuelos, tías o tíos, primas o primos, nietas o nietos.

Para tramitar dicha credencial será necesario presentar acta de nacimiento de la persona privada de la libertad, acta de nacimiento de la o el solicitante, identificación vigente con fotografía de la o el solicitante (INE, pasaporte, licencia de manejo, IMSS, ISSSTE, ISSEMYM, INAPAM o cédula profesional), y dos fotografías tamaño infantil.

Al cónyuge o concubina o concubino, también le será solicitada su acta matrimonio o acta de concubinato; ésta última deberá ser tramitada ante la o el Juez de lo Familiar en términos de lo establecido en el Código Civil del Estado de México.

En caso de no contar con alguna de las anteriores, los interesados podrán presentar acta de nacimiento de las hijas o hijos; todos los documentos deberán ser presentados en original y copia.

Los horarios de las 9:00 de la mañana y hasta las 14:00 horas y podrán extenderse de domingo a lunes, según lo determine la autoridad penitenciaria.

Visita personal

En este caso en particular, la visita sólo será por un lapso de 10 a 15 minutos, fuera de los horarios y días considerados en la visita familiar, mismos que determinará la autoridad penitenciaria.

Para este tipo de visita, será el o la persona privada de la libertad quien solicite el ingreso de la persona al director del Centro Penitenciario a través del Área de Trabajo Social.

El acceso a las amistades de los internos será sujeto al cumplimiento de los requisitos solicitados por la autoridad penitenciaria, entre los cuales destacan el presentar una copia certificada del acta de nacimiento de la persona privada de la libertad, una identificación oficial vigente y una constancia de modo honesto de vivir.

Además de una constancia domiciliaria expedida por el Municipio o Alcaldía.

Es preciso destacar que este tipo de visitas sólo serán autorizadas en caso de comprobarse la ausencia total de familiares por matrimonio o concubinato y por parentesco.

Visita íntima

El horario de visita íntima sólo será de 3 horas, en un horario diurno de 09:00 a 18:00 horas, cualquier día de la semana.

Para este tipo de visita, además de la documentación necesaria, el visitante deberá presentar los resultados de los estudios médicos de prueba serológica para la sífilis (VDRL) y papanicolaou, expedidos por una institución pública o privada legalmente acreditada.

El documento referido señala que la autorización de visita íntima entre personas privadas de la libertad ubicadas en distintos Centros Penitenciarios, dependerá del cumplimiento de los requisitos establecidos para esta modalidad en la Ley, tomando en cuenta la capacidad y los recursos con los que cuente el Centro Penitenciario.

Visitas religiosas, humanitarias y asistenciales

En esta modalidad de visita el horario no es especificado en la Gaceta de Gobierno, pues dependerá del cumplimiento de todos los requisitos necesarios solicitados por la autoridad penitenciaria y, en caso de autorizarse, se determina el desarrollo de la misma.

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