/ martes 7 de mayo de 2024

Delfina Gómez, a favor de mantener la prisión preventiva oficiosa

Como integrante de la CONAGO firmó, al igual que todos los Gobernadores de México, un documento dirigido a la Ministra Presidenta de la Suprema Corte

La Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO) pidió a la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Lucia Piña Hernández, que se mantenga la prisión preventiva oficiosa, pues de lo contrario, habría un grave impacto en la seguridad pública, la culminación de procesos penales seguidos en contra de quienes han cometido delitos de alto impacto y el colapso de los tribunales federales.

La gobernadora del Estado de México Delfina Gómez Álvarez firmó, como integrante de la CONAGO, al igual que las y los 32 gobernadores de México el documento, y a través de sus redes sociales señaló que esa figura es vital para proteger a las víctimas y preservar la seguridad pública.

El documento suscrito por las y los mandatarios, señala que las y los integrantes de la Conferencia Nacional de Gobernadores de México se encuentran preocupados por los efectos adversos que surgirán, en perjuicio de la seguridad pública y la justicia mexicana; por lo cual, formulan un pronunciamiento respetuoso sobre la resolución que se emitirá sobre la prisión preventiva oficiosa.

“Es necesario mantener la supremacía constitucional, respecto de cualquier norma de carácter internacional que pueda afectar nuestro derecho interno, con el fin no sólo de impedir la vulneración de nuestra Carta Magna; sino de evitar un grave impacto en la seguridad pública de las y los mexicanos, de las víctimas y testigos, así como la culminación de procesos penales seguidos en contra de sujetos que han cometido delitos de alto impacto.

“No podemos dejar de señalar el colapso de los tribunales federales que derivaría de la necesidad de verse obligados a analizar todas y cada una de las solicitudes de modificación a la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa”.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ordenado a nuestro país adecuar sus ordenamientos sobre esa figura, pues considera que afecta distintos derechos, entre ellos el no ser privado de la libertad de manera arbitraria y atenta contra la presunción de inocencia.

El escrito advierte que la restricción que se pretende declarar inconvencional se refiere a delitos de alto impacto y de clara repercusión social, que en su momento fueron considerados como graves, y en los que el Ministerio Público sólo puede solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no resulten suficientes para garantizar la comparecencia a juicio del imputado, el desarrollo de la investigación y la protección de la víctima y de los testigos o de la comunidad.

También cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso; y sólo en esas condiciones el juez ordenaría la prisión preventiva de forma oficiosa.

El escrito establece que la figura de la prevención prisión preventiva oficiosa responde a una política de combate al crimen que permite garantizar una adecuada conducción del proceso penal y lograr el esclarecimiento de los hechos, proteger a las víctimas de delitos, procurar que el responsable no quede impune y lograr que sean reparados los daños causados por el delito.

“Por ello, hacemos un llamado respetuoso para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación considere lo aquí expuesto, ya que se trata de una decisión que impactará directamente en la seguridad y gobernabilidad del país, y con ello en la de las entidades de cuyos gobiernos somos responsables”, señalaron.

Las y los gobernadores aseguran que tienen elementos más que suficientes para emitir una opinión más que fundada sobre las negativas consecuencias que tendría en la seguridad pública de sus gobernados eliminar esa figura.

“Conscientes de la importancia que reviste la observancia del máximo ordenamiento jurídico, nos pronunciamos en calidad de Amicus Curiae, con absoluto respeto a la figura que representa la SCJN, a efecto de que se considere también el principio de supremacía constitucional, atendiendo siempre a los derechos de las víctimas del delito, puesto que son ellas quienes resienten directamente las consecuencias de las conductas antisociales”.

La CONAGO también enfatiza que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son vinculantes, pero deben estar armonizadas y no transgredir el contenido de la Constitución mexicana; por lo cual, es de suma importancia converger el respeto a los derechos humanos y el respeto a la soberanía y ordenamiento jurídico interno.

Concluye que de otorgarse la preferencia a una norma de carácter internacional sobre el derecho interno, se traduciría en afirmar que un tribunal contencioso del ámbito internacional tendría el alcance de invalidar, en sentido práctico, una norma de rango constitucional; lo que llevaría a vulnerar a la propia Constitución, emanada de la voluntad del constituyente permanente, y no de un acuerdo de voluntades entre estados miembros de la comunidad internacional.

El documento es firmado por las y los 32 mandatarios del país, incluyendo a las y los de todos los partidos políticos.

La Suprema Corte discutirá la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, que consiste en encarcelar a personas acusadas por la comisión de delitos contemplados, en el artículo 19 constitucional, sin que hayan sido sentenciadas.

La Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO) pidió a la ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Lucia Piña Hernández, que se mantenga la prisión preventiva oficiosa, pues de lo contrario, habría un grave impacto en la seguridad pública, la culminación de procesos penales seguidos en contra de quienes han cometido delitos de alto impacto y el colapso de los tribunales federales.

La gobernadora del Estado de México Delfina Gómez Álvarez firmó, como integrante de la CONAGO, al igual que las y los 32 gobernadores de México el documento, y a través de sus redes sociales señaló que esa figura es vital para proteger a las víctimas y preservar la seguridad pública.

El documento suscrito por las y los mandatarios, señala que las y los integrantes de la Conferencia Nacional de Gobernadores de México se encuentran preocupados por los efectos adversos que surgirán, en perjuicio de la seguridad pública y la justicia mexicana; por lo cual, formulan un pronunciamiento respetuoso sobre la resolución que se emitirá sobre la prisión preventiva oficiosa.

“Es necesario mantener la supremacía constitucional, respecto de cualquier norma de carácter internacional que pueda afectar nuestro derecho interno, con el fin no sólo de impedir la vulneración de nuestra Carta Magna; sino de evitar un grave impacto en la seguridad pública de las y los mexicanos, de las víctimas y testigos, así como la culminación de procesos penales seguidos en contra de sujetos que han cometido delitos de alto impacto.

“No podemos dejar de señalar el colapso de los tribunales federales que derivaría de la necesidad de verse obligados a analizar todas y cada una de las solicitudes de modificación a la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa”.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ordenado a nuestro país adecuar sus ordenamientos sobre esa figura, pues considera que afecta distintos derechos, entre ellos el no ser privado de la libertad de manera arbitraria y atenta contra la presunción de inocencia.

El escrito advierte que la restricción que se pretende declarar inconvencional se refiere a delitos de alto impacto y de clara repercusión social, que en su momento fueron considerados como graves, y en los que el Ministerio Público sólo puede solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no resulten suficientes para garantizar la comparecencia a juicio del imputado, el desarrollo de la investigación y la protección de la víctima y de los testigos o de la comunidad.

También cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso; y sólo en esas condiciones el juez ordenaría la prisión preventiva de forma oficiosa.

El escrito establece que la figura de la prevención prisión preventiva oficiosa responde a una política de combate al crimen que permite garantizar una adecuada conducción del proceso penal y lograr el esclarecimiento de los hechos, proteger a las víctimas de delitos, procurar que el responsable no quede impune y lograr que sean reparados los daños causados por el delito.

“Por ello, hacemos un llamado respetuoso para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación considere lo aquí expuesto, ya que se trata de una decisión que impactará directamente en la seguridad y gobernabilidad del país, y con ello en la de las entidades de cuyos gobiernos somos responsables”, señalaron.

Las y los gobernadores aseguran que tienen elementos más que suficientes para emitir una opinión más que fundada sobre las negativas consecuencias que tendría en la seguridad pública de sus gobernados eliminar esa figura.

“Conscientes de la importancia que reviste la observancia del máximo ordenamiento jurídico, nos pronunciamos en calidad de Amicus Curiae, con absoluto respeto a la figura que representa la SCJN, a efecto de que se considere también el principio de supremacía constitucional, atendiendo siempre a los derechos de las víctimas del delito, puesto que son ellas quienes resienten directamente las consecuencias de las conductas antisociales”.

La CONAGO también enfatiza que las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son vinculantes, pero deben estar armonizadas y no transgredir el contenido de la Constitución mexicana; por lo cual, es de suma importancia converger el respeto a los derechos humanos y el respeto a la soberanía y ordenamiento jurídico interno.

Concluye que de otorgarse la preferencia a una norma de carácter internacional sobre el derecho interno, se traduciría en afirmar que un tribunal contencioso del ámbito internacional tendría el alcance de invalidar, en sentido práctico, una norma de rango constitucional; lo que llevaría a vulnerar a la propia Constitución, emanada de la voluntad del constituyente permanente, y no de un acuerdo de voluntades entre estados miembros de la comunidad internacional.

El documento es firmado por las y los 32 mandatarios del país, incluyendo a las y los de todos los partidos políticos.

La Suprema Corte discutirá la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, que consiste en encarcelar a personas acusadas por la comisión de delitos contemplados, en el artículo 19 constitucional, sin que hayan sido sentenciadas.

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