/ viernes 5 de julio de 2024

Delfina Gómez hizo promoción a favor del presidente AMLO: TEPJF

El tribunal precisó que ocurrió en el marco de un evento sobre el quinto aniversario del triunfo electoral de López Obrador; deberá registrarse en el catálogo de sujetos sancionados

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que Delfina Gómez Álvarez, como gobernadora electa del Estado de México y Luisa Alcalde, secretaria de Gobernación, realizaron promoción personalizada a favor del Titular del Poder Ejecutivo Federal.

La promoción se dio en el marco de un evento sobre el quinto aniversario del triunfo electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador en julio del 2023, donde ambas fueron oradoras.

Por esa razón, la Sala dio vista a la Presidencia de la República y al Congreso del Estado de México.

Además se determinó que deben registrarse en el catálogo de sujetos sancionados de la Sala Especializada con las sanciones impuestas.

Sesión

Durante la sesión se explicó que en el procedimiento SRE-PSC-261/2024 se presentó una queja contra el presidente de la República que involucró a diversos actores.

La Sala consideró que existió promoción personalizada a favor del titular del Ejecutivo federal, por parte de la entonces gobernadora electa del Estado de México Delfina Gómez Álvarez y de la secretaría de Gobernación al hablar de sus logros y trayectoria para lograr aceptación de la ciudadanía receptora del mensaje.

No obstante, también consideró que no hubo actos anticipados de campaña, pues no hubo llamados expresos a votar a favor de ninguna candidatura, ni partido político.

Tampoco se acreditó el uso de recursos humanos materiales o financieros para apoyar alguna candidatura.

En el mismo recursos se determinó que fueron inexistentes los actos anticipados de campaña, la promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos y la vulneración de principios de imparcialidad y equidad atribuidos al jefe de Gobierno y titulares de secretarías de la Ciudad de México.

Tampoco hubo actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos, ni vulneración de los principios de imparcialidad y equidad, por parte de la gobernadora mexiquense, ni de la secretaria de Gobernación.

Asimismo, fue inexistente el beneficio indebido a favor de varios actores como: Marcelo Ebrard, Gerardo Fernández Noroña, Adán Augusto, Ricardo Monreal, Claudia Sheinbaum y Manuel Velasco.

No obstante, la y los magistrados consideraron existente la promoción personalizada a favor del presidente, atribuida a la gobernadora del Estado de México y a la secretaria de Gobernación.

Por ello, la Sala Especializada dio vista a la presidencia de la República y al Congreso del Estado de México por las conductas de la mandataria estatal y de la titular de Gobernación.

El magistrado Rubén Jesús Lara Patrón votó en contra, pues afirmó que aún cuando ordenaron emplazar debidamente a las partes, no se cumplió.

El procedimiento fue avalado por mayoría de votos.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que Delfina Gómez Álvarez, como gobernadora electa del Estado de México y Luisa Alcalde, secretaria de Gobernación, realizaron promoción personalizada a favor del Titular del Poder Ejecutivo Federal.

La promoción se dio en el marco de un evento sobre el quinto aniversario del triunfo electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador en julio del 2023, donde ambas fueron oradoras.

Por esa razón, la Sala dio vista a la Presidencia de la República y al Congreso del Estado de México.

Además se determinó que deben registrarse en el catálogo de sujetos sancionados de la Sala Especializada con las sanciones impuestas.

Sesión

Durante la sesión se explicó que en el procedimiento SRE-PSC-261/2024 se presentó una queja contra el presidente de la República que involucró a diversos actores.

La Sala consideró que existió promoción personalizada a favor del titular del Ejecutivo federal, por parte de la entonces gobernadora electa del Estado de México Delfina Gómez Álvarez y de la secretaría de Gobernación al hablar de sus logros y trayectoria para lograr aceptación de la ciudadanía receptora del mensaje.

No obstante, también consideró que no hubo actos anticipados de campaña, pues no hubo llamados expresos a votar a favor de ninguna candidatura, ni partido político.

Tampoco se acreditó el uso de recursos humanos materiales o financieros para apoyar alguna candidatura.

En el mismo recursos se determinó que fueron inexistentes los actos anticipados de campaña, la promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos y la vulneración de principios de imparcialidad y equidad atribuidos al jefe de Gobierno y titulares de secretarías de la Ciudad de México.

Tampoco hubo actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos, ni vulneración de los principios de imparcialidad y equidad, por parte de la gobernadora mexiquense, ni de la secretaria de Gobernación.

Asimismo, fue inexistente el beneficio indebido a favor de varios actores como: Marcelo Ebrard, Gerardo Fernández Noroña, Adán Augusto, Ricardo Monreal, Claudia Sheinbaum y Manuel Velasco.

No obstante, la y los magistrados consideraron existente la promoción personalizada a favor del presidente, atribuida a la gobernadora del Estado de México y a la secretaria de Gobernación.

Por ello, la Sala Especializada dio vista a la presidencia de la República y al Congreso del Estado de México por las conductas de la mandataria estatal y de la titular de Gobernación.

El magistrado Rubén Jesús Lara Patrón votó en contra, pues afirmó que aún cuando ordenaron emplazar debidamente a las partes, no se cumplió.

El procedimiento fue avalado por mayoría de votos.

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