Desaparece alcalde de Coacalco

El diputado David Sánchez Isidoro tampoco ha sido visto

Patricia Venegas

  · miércoles 17 de enero de 2018

Foto ilustrativa.

Coacalco, México.- Tras la destitución y consignación que ordenó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del alcalde de Coacalco, Erwin Castelán y del diputado David Sánchez Isidoro, ambos han desaparecido y nadie sabe dónde se encuentra el alcalde, quien ya no podrá tramitar más amparos para no ser detenido.

De acuerdo al Colegio de Abogados del Valle de México, el alcalde de Coacalco debe de ser detenido en las próximas horas y no tiene derecho a recurrir a ninguna otra figura jurídica de protección, tras la sentencia de la Suprema Corte de Justicia.                                                                          

Joaquín Rodríguez Lugo, presidente honorífico de este Colegio, detalló en entrevista que serán los suplentes quienes deben de tomar posesión en Cabildo y en la Presidencia Municipal.

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de separar del cargo a los integrantes del Cabildo de Coacalco por incumplir una sentencia obligará a llamar a los suplentes, o en su caso, a que la Legislatura mexiquense nombre nuevos ediles en ese municipio para concluir la actual gestión que culmina el 31 de diciembre de este año.

Indicó que la Corte debe notificar al Ayuntamiento de Coacalco la resolución y sus efectos, aunque eso puede llevar unas 72 horas, y tras recibirla el municipio tendría 24 horas para atender la sentencia.

En teoría entrarían los suplentes, a quienes se tendría que llamar por parte del secretario del Ayuntamiento para concluir los encargos, pero si alguno no acepta, el Ejecutivo tendría que enviar una terna al Poder Legislativo para nombrar a los ediles.

Tanto la Constitución como la Ley de Orgánica señalan que el Ejecutivo podrá proponer entre los vecinos del municipio, mediante una terna, a los nuevos integrantes del Cabildo para concluir el período.

Mientras eso ocurre, al frente del Ayuntamiento se desempeñará el actual secretario del mismo, quien debe cubrir las faltas del alcalde.  

El artículo 24 de la Ley Orgánica municipal señala: En caso de declararse desaparecido un Ayuntamiento, o de ausencia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes, el Ejecutivo del Estado propondrá a la Legislatura la designación, de entre los vecinos, de un consejo municipal que concluirá el período respectivo.

Joaquín Rodríguez Lugo explicó que el desacato a una autoridad máxima, como los es la SCJN es un delito que atiende la PGR y no las Fiscalías estatales y es mucho más efectivo cuando se refiere al no pago de laudos de las sentencias que corresponden a la Federación.

“No se andan con contemplaciones, se cumple la ley porque somos un país donde debe de prevalecer el imperio del derecho; la ley es necesaria y se aplica en todo el país”.

Rodríguez Lugo afirmó que de los 125 municipios del Estado de México, 120 cargan con este grave problema porque no pagan los laudos que han heredado de años, bajo el argumento de que no son de ellos.

El abogado aseguró que parte de la corrupción es no hacer efectivas las sanciones o sentencias que emite la Corte.

 

TEMAS