El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) consideró como no procedentes tres quejas por presuntos actos anticipados de campaña en los municipios de Nezahualcóyotl, Tultepec, Tlalnepantla y Cuautitlán Izcalli.
Durante la novena sesión pública realizada de manera virtual, también fue declarado como no procedente la queja en contra del Partido de la Revolución Democrática por presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña electoral, así como la emisión de propaganda partidista irregular derivado de la pinta de bardas en el municipio de Tultepec.
Pese a que fue acreditado que hay 40 bardas pintadas, señaló el TEEM, el contenido expresado no está orientado a presentar una plataforma electoral, posicionar una persona con carácter de candidato a cargo político, hacer referencia al llamado del voto ciudadano, ni tampoco a hacer alusiones a la fecha de la jornada o contienda electoral de manera implícita.
La queja fue presentada por Omar Eduardo Ríos Cortés, según información del expediente PES/4/2021.
Además, el Pleno desechó la queja en contra de Jonás Nephtali Sandoval Orozco por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, así como promoción personalizada, derivado de la difusión del nombre e imagen del denunciado en bardas y panfletos, ubicadas y distribuidos, respectivamente, en el municipio de Tlalnepantla.
Las y los magistrados consideraron inexistentes las violaciones objeto de la denuncia asentada en el expediente PES/7/2021, debido a que el denunciado no tiene calidad de servidor público, y sus manifestaciones son al amparo de la libertad de expresión.
En la misma situación quedó la queja contra Luis Daniel Serrano Palacios asentada en el expediente PES/13/2021, por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, derivado de la difusión de propaganda alusiva al denunciado colocada en vinilonas y pinta de bardas, ubicados en diversos puntos de Cuautitlán Izcalli.
Finalmente el TEEM turnó la queja existente contra Morena y el senador con licencia Emilio Ulloa Pérez, aspirante a presidente municipal de Nezahualcóyotl, a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, por presuntos actos anticipados de campaña.
De acuerdo con el expediente PSO/13/2021, la queja fue presentada por Abel Gerardo Salazar González por la presunta promoción personalizada y actos anticipados de precampaña y/o campaña, así como por la omisión de colocar el símbolo internacional de reciclaje en su propaganda, derivado de la colocación y difusión de catorce anuncios espectaculares en el municipio de Nezahualcóyotl.
Estos anuncios contienen el nombre e imagen de Emilio Ulloa y el emblema de Morena, en los que se ostenta con la calidad de candidato.
El Pleno del TEEM también aprobó la impugnación contra el acuerdo IEEM/CG/51/2021, promovida por Alfredo Armenta Torres, quien fue rechazado por el Consejo Electoral del Estado de México como aspirante a candidato independiente de Ocuilan para el periodo 2022-2024,
Sin embargo, el TEEM consideró inoperante dicho el amparo debido a que Armenta Torres no cumplió con la prevención que le fue realizada dentro del plazo otorgado.