La Sala Toluca desechó 39 expedientes promovidos por Acción Nacional y por Movimiento Ciudadano contra sentencias de la Sala Toluca.
En el caso del PAN fueron 37 donde los juicios de inconformidad promovidos contra los cómputos distritales de las elecciones a diputaciones federales y senadurías del Estado de México se presentaron en forma extemporánea.
Las y los magistrados determinaron que los asuntos promovidos por Acción Nacional del 657 al 693, ante resoluciones de la Sala Toluca, se presentaron fuera del plazo legal.
Otros dos juicios presentados por Movimiento Ciudadano también fueron improcedentes porque no se acreditó el requisito especial de procedencia.
De acuerdo con la resoluciones de la Sala Superior, las sentencias de la Sala Toluca se emitieron el 19 de junio y fueron notificadas el día 20; por lo cual los inconformes tenían tres días para impugnar.
Sin embargo, las demandas fueron promovidas el lunes 24 de junio, es decir, un día después de concluido el plazo que fue del viernes 21 al domingo 23.
En junio, la Sala Toluca verificó la falta de legitimación de la persona suscriptora de cada una de las demandas y advirtió que carecían de legitimación procesal para promover cada medio de impugnación, pues sólo tenían representación del partido ante el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en el Estado de México.
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Para la elección de senadurías por uno o ambos principios, la Sala Toluca señaló que la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral establece un diseño que exige la impugnación de los cómputos de entidad federativa y no los distritales.
Por ello, desechó los recursos.