Hasta el momento han sido identificadas dos empresas irregulares como las que invaden rutas en la capital mexiquense y otros municipios aledaños, reveló Odilón López Nava, delegado de la Cámara Nacional del Autotransporte Pasaje y Turismo (Canapat).
El líder transportista precisó que las líneas han sido identificadas como Autotransportes Pirámides y Autotransportes Unidos Teotenango, las cuales supuestamente cuentan placas otorgadas por la Secretaría de Movilidad, denunció López Nava.
“Operan en el sur pero ya invadieron Toluca, es lo que hemos constatado nosotros, hay zonas donde quizás se pueda usar este vehículo, pero las hemos visto circulando en Metepec y Toluca con placas de circulación otorgadas por la Secretaría de Movilidad”, acusó el empresario en entrevista para este diario.
Según la denuncia, la ruta en la que se ha visto con mayor frecuencia es en la Toluca-Tenango, así como en el municipio de Metepec.
Sabemos que llegan hasta Paseo Tollocan y Pino Suárez, ahí hacen base como los taxis colectivos.Odilón López.
Dicho servicio domina municipios del sur como Tonatico, Malinalco, y ha comenzado a tener presencia en Tenango del Valle, Santiago Tianguistenco, Metepec, Lerma y Toluca, advirtió el empresario.
Al respecto, la Secretaría de Movilidad informó que tras las denuncias hechas por los transportistas, se realizaron operativos el sábado pasado en las rutas donde se ha reportado la presencia de las vagonetas.
LA LEY DICE
De acuerdo con el Código Penal estatal en su artículo 148 capítulo XVIII el prestar servicio público de transporte de pasajeros sin concesión, permiso o autorización correspondiente, se hace acreedor de uno a cinco años de prisión y de 30 a 150 días de multa, y suspensión por un año del derecho de manejar.
Sin embargo, en caso en que en el proceso haya intervención de un socio o representante legal de una empresa concesionaria, y se cometa bajo el amparo de dicha línea, la pena aplicable aumenta de una a dos terceras partes de las que le correspondan por el delito cometido, detalla el Código Penal.
Mientras que el artículo 36 de la Ley de Movilidad precisa que el otorgamiento de concesiones e implementar proyectos de asociación con particulares debe ser exclusivamente por las autoridades de movilidad.
Los instrumentos mediante los cuales se formalice el otorgamiento de la concesión o la
implementación del proyecto de asociación con particulares, deberán ser suscritos por el titular de la autoridad en materia de movilidad.
Asimismo, las concesiones y proyectos de asociación con particulares solo podrán otorgarse a sociedades mercantiles de nacionalidad mexicana constituidas como sociedades anónimas de capital variable.
Además de contar obligatoriamente con pólizas de seguro, y en el caso de taxis contar con lanzaderas, bases o sitios autorizados por la Semov y el visto bueno de los municipios, resalta la Ley.