Para el siguiente año el Gobierno mexiquense pretende endurecer la política recaudatoria, mejorar los esquemas de tributación y recaudación estatales y municipales, garantizar que la industria de la construcción lleve un mayor control, obligarla a dar comprobantes de pago a sus trabajadores y exhibir a contribuyentes incumplidos en un registro público.
La propuesta de reformas al Código Financiero del Estado de México y Municipios para el siguiente año señala que ante el escenario complicado que existe, es necesario que las autoridades sean más eficaces; por lo cual buscan cobrar mejor, penalizar con multas los falsos cobros, al tiempo de simplificar el cumplimiento tributario, aprovechando recursos tecnológicos.
De acuerdo con la iniciativa presentada a la Legislatura mexiquense, las autoridades buscan ajustes para garantizar el adecuado seguimiento y control de las obligaciones fiscales de las y los contribuyentes y el cumplimiento de las responsabilidades que la ley asigna.
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Entre otras cosas, plantean cambios a disposiciones que regulan la actividad financiera estatal y municipal para promover la regularización de la ciudadanía en los esquemas tributarios, desarrollar acciones eficaces de fiscalización y cobranza, fortalecer tanto el empleo de medios electrónicos, como las finanzas públicas y dar claridad y certidumbre jurídica a las y los contribuyentes.
Entre otras cosas, la propuesta busca precisar el procedimiento y periodo de actualización de los valores de cada tipología de vivienda, fortalecer facultades de la autoridad fiscal para que puedan recabar documentos mediante medios electrónicos, ajustes en cuestiones de notificación por estrados, se prevé un nuevo supuesto cuando no se localice en su domicilio a la persona para notificarla.
Créditos fiscales
En el tema de créditos fiscales, la propuesta del Ejecutivo es que en los pagos que se realicen con tarjetas o transferencias, pero después se desconozcan, la autoridad recaudadora cobrará el monto más una indemnización del 20% por el falso pago.
Además, se plantea ampliar el plazo de pago en parcialidades hasta a 36 meses para incentivar al cumplimiento de las contribuciones omitidas generadas por la pandemia,
En el tema de los vehículos, el planteamiento es establecer la obligación de avisar que la venta de un vehículo no exceptúa a las personas del pago de obligaciones, mientras sean los propietarios.
En negocios, el objetivo es señalar la responsabilidad solidaria a propietarios o poseedores de inmuebles utilizados para vender bebidas alcohólicas al público para garantizar que se puedan hacer exigibles los créditos.
Construcción
Para la industria de la construcción, se pretende realizar precisiones en las obligaciones de quienes se dedican a la construcción para otorgar certeza jurídica, con lo cual, por cada construcción deberían señalar que estarían obligados a llevar un registro de nómina, lista de raya, tarjeta de control de pagos y la obligación de expedir a cada trabajador una constancia de su pago.
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Además, pretenden fortalecer las facultades de comprobación, a fin de determinar la existencia de créditos fiscales, cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal.
Registro estatal
Dentro la de iniciativa también buscan depurar y actualizar el registro estatal de contribuyentes, delimitando las facultades de la autoridad fiscal, e inscribir oficiosamente en él a particulares que no hubieran cumplido con su obligación en los plazos establecidos.
Otras posible reforma es incorporar una excepción en materia de confidencialidad para proporcionar información en materia de transparencia, precisar mayores elementos para la determinación del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, clarificar los supuestos de causación del Impuesto a la Venta Final de Bebidas Alcohólicas para ampliar la base de sujetos cuya actividad los obliga a cubrir ese tributo.
Otros
Se señalan las propuestas de cuatro nuevos impuestos: uno busca gravar la emisión de gases contaminantes a la atmósfera, las casas de empeño, los servicios profesionales y las actividades empresariales, además de actualizar porcentajes, precios, tasas, cuotas o tarifas para cobrar derechos.
Otros cambios son para realizar el pago de derechos de servicios prestados por el Instituto de la Función Registral, dar certeza jurídica a la inscripción en el registro de deudores alimentarios, integrar conceptos de derechos que se causan por servicios prestados por el registro civil.
También impulsar el cumplimiento de obligaciones fiscales relacionadas con el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio, al incorporar los documentos comprobatorios de pagos vigentes, la modificación para incorporar la constancia de posesión ejidal como documento para acreditar la calidad de poseedor de predios en el régimen agrario.
También ajustes para definir el proceder de la autoridad fiscal ante la desaparición del contribuyente de su domicilio fiscal, dar claridad al supuesto que permite decretar el aseguramiento precautorio de bienes o la negociación y las causales para dejar sin efectos ese aseguramiento y contemplar como supuesto exceptuado de embargo los depósitos de las cuentas individuales de ahorro para el retiro y las aportaciones voluntarias, dar flexibilidad a autoridades en subastas públicas.
También para la correcta operación de atribuciones de finanzas en materia de transporte particular de vehículos destinados a prestar un servicio a la población.