/ domingo 18 de junio de 2023

Edomex tiene más de 6 mil afiliaciones de personas trabajadoras del hogar

La cifra de adultos mayores mexiquense en este tipo de empleo es la mayor

En el Estado de México hasta el 31 de mayo pasado había 6 mil 297 trabajadores(as) del hogar registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de los cuales 3 mil 784 eran mujeres y 2 mil 513 hombres, siendo los adultos mayores los que mayor cantidad de afiliaciones concentran.

Con base en estadísticas consultadas del Instituto, hasta el mes pasado había mil 030 trabajadores y trabajadoras de Ecatepec, 977 de Los Reyes La Paz, mil 477 de Tlalnepantla, mil 070 de Naucalpan y mil 743 de Toluca.

En total, la delegación México Poniente tenía un registro de 2 mil 813 trabajadores(as) del hogar, mientras que la delegación México Oriente tenía 3 mil 484.

En promedio el salario por día trabajado para las mujeres trabajadoras del hogar del Estado de México era de 256.30 pesos, mientras que el de los hombres era de 287.60 pesos.

Las estadísticas revelan que las personas adultas mayores son las que más afilian al IMSS como trabajadoras del hogar, pues en el grupo etario de 60 a 65 años había un registro total de mil 591 personas; le siguió el grupo de 55 a 60 años con mil 054 personas.

Hasta mayo pasado el registro era de 20 personas de entre 15 y 20 años, 96 de entre 20 y 25 años, 211 de entre 25 a 30 años, 312 entre los 30 y 35 años, 387 entre los 35 y 40 años, 386 entre los 40 y 45 años, 526 entre los 45 y 50 años, y 648 entre los 50 y 55 años.

El Instituto también tenía el registro de 653 trabajadoras y trabajadores del hogar de entre 65 y 70 años, 261 de entre 70 a 75 años y 152 con 75 años o más.

Cabe mencionar que si eres una trabajadora o trabajador del hogar, puedes solicitar a tu empleador o empleadora que te brinde seguridad social a través de tu inscripción en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con lo cual además de recibir atención médica podrás acceder a generar un ahorro para tu retiro, incapacidad por enfermedad general, y pensión para ti o tus familiares en caso de invalidez o defunción.

Además, tus familiares directos también podrán recibir atención médica, hospitalaria y medicamentos, o bien, si eres madre, podrás acceder a los servicios de guardería.

Actualmente, las personas empleadoras están obligadas a registrar a las personas trabajadoras del hogar desde el primer día de labores, tomando en cuenta que el aseguramiento podrá realizarse por día, mes, bimestre, semestre o anual, aunado a que el pago se efectúa de acuerdo al salario y los días laborados por cada persona trabajadora del hogar.

Cabe mencionar que el IMSS extiende el beneficio del aseguramiento por el mes completo, siempre y cuando el monto de las cuotas sean al menos el equivalente al valor que se paga por un salario mínimo mensual de la Ciudad de México.

Personas Empleadoras

Si eres una persona empleadora de un o una trabajadora del hogar, debes considerar que, de ser la primera vez que harás el registro, debes contar con ciertos requisitos.

Lo primero que debes hacer es ingresar al sitio www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/inscripcion.

A la mano debes contar con tu CURP y un correo electrónico y una vez dentro de la plataforma, deberás ingresar la información de tu beneficiario o beneficiaria, como son sus datos de contacto y domicilio, y manifestar bajo protesta de decir verdad que los datos asentados en la solicitud son verdaderos.

Además, se te solicitará el Número de Seguridad Social (NSS) de tu beneficiario -en caso de no tenerlo, se puede generar en línea-, CURP, correo electrónico (opcional) y domicilio.

Durante el proceso será necesario especificar la información de cotización de la persona trabajadora del hogar, es decir, si trabaja por mes completo o por día (se deberán seleccionar los días que labora) y el salario mensual o diario, según corresponda.

Tras la confirmación de los datos ingresados, corresponderá generar el formato de incorporación y línea(s) de captura para pago, para ello será necesario descargar el formato de incorporación para las Personas Trabajadoras del Hogar y la(s) línea(s) de captura para realizar el o los pago(s) correspondiente(s).

En el Estado de México hasta el 31 de mayo pasado había 6 mil 297 trabajadores(as) del hogar registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de los cuales 3 mil 784 eran mujeres y 2 mil 513 hombres, siendo los adultos mayores los que mayor cantidad de afiliaciones concentran.

Con base en estadísticas consultadas del Instituto, hasta el mes pasado había mil 030 trabajadores y trabajadoras de Ecatepec, 977 de Los Reyes La Paz, mil 477 de Tlalnepantla, mil 070 de Naucalpan y mil 743 de Toluca.

En total, la delegación México Poniente tenía un registro de 2 mil 813 trabajadores(as) del hogar, mientras que la delegación México Oriente tenía 3 mil 484.

En promedio el salario por día trabajado para las mujeres trabajadoras del hogar del Estado de México era de 256.30 pesos, mientras que el de los hombres era de 287.60 pesos.

Las estadísticas revelan que las personas adultas mayores son las que más afilian al IMSS como trabajadoras del hogar, pues en el grupo etario de 60 a 65 años había un registro total de mil 591 personas; le siguió el grupo de 55 a 60 años con mil 054 personas.

Hasta mayo pasado el registro era de 20 personas de entre 15 y 20 años, 96 de entre 20 y 25 años, 211 de entre 25 a 30 años, 312 entre los 30 y 35 años, 387 entre los 35 y 40 años, 386 entre los 40 y 45 años, 526 entre los 45 y 50 años, y 648 entre los 50 y 55 años.

El Instituto también tenía el registro de 653 trabajadoras y trabajadores del hogar de entre 65 y 70 años, 261 de entre 70 a 75 años y 152 con 75 años o más.

Cabe mencionar que si eres una trabajadora o trabajador del hogar, puedes solicitar a tu empleador o empleadora que te brinde seguridad social a través de tu inscripción en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con lo cual además de recibir atención médica podrás acceder a generar un ahorro para tu retiro, incapacidad por enfermedad general, y pensión para ti o tus familiares en caso de invalidez o defunción.

Además, tus familiares directos también podrán recibir atención médica, hospitalaria y medicamentos, o bien, si eres madre, podrás acceder a los servicios de guardería.

Actualmente, las personas empleadoras están obligadas a registrar a las personas trabajadoras del hogar desde el primer día de labores, tomando en cuenta que el aseguramiento podrá realizarse por día, mes, bimestre, semestre o anual, aunado a que el pago se efectúa de acuerdo al salario y los días laborados por cada persona trabajadora del hogar.

Cabe mencionar que el IMSS extiende el beneficio del aseguramiento por el mes completo, siempre y cuando el monto de las cuotas sean al menos el equivalente al valor que se paga por un salario mínimo mensual de la Ciudad de México.

Personas Empleadoras

Si eres una persona empleadora de un o una trabajadora del hogar, debes considerar que, de ser la primera vez que harás el registro, debes contar con ciertos requisitos.

Lo primero que debes hacer es ingresar al sitio www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/inscripcion.

A la mano debes contar con tu CURP y un correo electrónico y una vez dentro de la plataforma, deberás ingresar la información de tu beneficiario o beneficiaria, como son sus datos de contacto y domicilio, y manifestar bajo protesta de decir verdad que los datos asentados en la solicitud son verdaderos.

Además, se te solicitará el Número de Seguridad Social (NSS) de tu beneficiario -en caso de no tenerlo, se puede generar en línea-, CURP, correo electrónico (opcional) y domicilio.

Durante el proceso será necesario especificar la información de cotización de la persona trabajadora del hogar, es decir, si trabaja por mes completo o por día (se deberán seleccionar los días que labora) y el salario mensual o diario, según corresponda.

Tras la confirmación de los datos ingresados, corresponderá generar el formato de incorporación y línea(s) de captura para pago, para ello será necesario descargar el formato de incorporación para las Personas Trabajadoras del Hogar y la(s) línea(s) de captura para realizar el o los pago(s) correspondiente(s).

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