Los plazos para que el Estado de México pudiera presentar una nueva controversia constitucional o algún otro recurso jurídico Contra el Censo de Población y Vivienda 2020 y la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, Nueva Edición, Cifras del Primer Trimestre de 2021 ya vencieron, por lo cual no se podrán atacar nuevamente esos estudios.
El doctor en Derecho Parlamentario, ex legislador y consultor Raymundo Guzmán Corroviñas precisó que la entidad contaba con 45 días a partir de la emisión del acto de autoridad para impugnar la disminución de participaciones
Explicó que tras la resolución de la Corte no hay otro recurso que se pueda hacer valer para que el INEGI le cuente más población al Estado de México, a fin de evitar que pierda cuatro mil 500 millones de pesos.
"Ya no hay algún otro recurso para que se pueda promover algo, los plazos ya vencieron, al resolver la Suprema Corte de Justicia ya queda firme, creo que no se metieron al fondo de la metodología, ni a la problemática de la pandemia".
Advirtió que la decisión afectará al Estado de México en la distribución de participaciones federales, pues al tener menos población, contará con menos recursos.
"Va a haber una problemática con los recursos porque se distribuyen de acuerdo con las reglas de la población, son fórmulas nacionales", explicó y añadió que eso beneficiará a otras entidades.
Incluso, consideró que la controversia no era el mecanismo idóneo, pues el fondo del agravio no es que el INEGI diga que son menos mexiquenses del censo anterior, sino que se afecta la distribución de recursos, por lo cual debió impugnar las reglas fiscales.
Aún cuando el mandatario estatal señaló que insistirán en el tema, opinó que el consenso y la presión política es poco probable que procedan porque los egresos federales ya han sido autorizados.
La sentencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación donde revocó la admisión de la controversia constitucional promovida por el gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo, señala que aún cuando pueden revisar la constitucionalidad de actos o normas, su procedencia está condicionada a que exista una afectación a la esfera competencial constitucionalmente prevista a favor del actor, o a derechos humanos.
El documento explica que las pretensiones esgrimidas por el gobernador corresponden a "transgresiones a legislaciones diversas a la Constitución Federal", por lo cual son temas de estricta legalidad y no existe planteamiento alguno que revele una afectación a las competencias constitucionales del actor o a derechos humanos.
Además, agrega la sentencia, son improcedentes las controversias constitucionales en las que se aleguen cuestiones de legalidad relacionadas con la forma, plazo y montos en que se distribuyen los recursos federales a municipios y estados, ya que su regulación descansa en la normativa que en materia de coordinación fiscal se establezca a nivel federal y estatal.
El año pasado el Gobierno del Estado de México promovió una controversia contra la decisión de la Secretaría de Hacienda de utilizar el Censo 2020 del INEGI para calcular la entrega de participaciones federales, pues en él le cuentan un millón de habitantes menos y sus participaciones le disminuyeron en más de 4 mil 300 millones de pesos.
Con los datos tomados por Hacienda la entidad tendría más de 17 millones de habitantes para la estimación de las participaciones, prácticamente un millón menos de los más de 18 millones que se venían contemplando para calcular cuánto le corresponde al territorio mexiquense del Fondo General de Participaciones.
El Estado de México impugnó la elaboración, aprobación, publicación, resultados y omisiones en que incurrieron el Censo y el Marco de Muestreo de Viviendas, en lo relacionado al conteo poblacional para la entidad mexiquense.
E gobernador Alfredo del Mazo Maza refirió que con el Censo 2020 el país disminuyó su población en un millón 200 mil personas, y de esas, un millón 100 mil se le descontaron solo a la entidad mexiquense, con lo cual bajaron sus participaciones federales.