El derecho de los trabajadores a huelga está vigente en la Reforma Laboral

Serán atendidas por los Centros de Conciliación y podrán ser resueltos por los Poderes Judiciales federal y locales.

Por Sofía Sandra San Juan

  · jueves 21 de junio de 2018

Foto cortesía.

Toluca, México.- La conciliación es parte importante para evitar que haya huelgas en el Estado y el país, afirmó María Claudia Esqueda Llanes, especialista en Derecho Laboral por la Universidad Panamericana, quien explicó que la iniciativa de Reforma Laboral propone un nuevo mecanismo para declarar una huelga, ya que ahora estas serán atendidas por los Centros de Conciliación y podrán ser resueltos por los Poderes Judiciales federal y locales, de acuerdo al tipo de materia laboral que se trate.

En el marco del segundo día de conferencias del Tercer Congreso Nacional de Educación Judicial que tiene como tema principal "Las Reformas Laborales y su Aplicación en el Estado de México", destacó la importancia de la capacitación de los servidores públicos para desahogar estos temas que son parte fundamental de la justicia.

La también dirigente de la Unión Sindical de Trabajadores de las Fábricas de Aparatos y Material Eléctrico e Instalaciones en la Ciudad de México, criticó que durante este sexenio no se han registrado huelgas, a pesar de que son un derecho fundamental de los trabajadores, reconoció que las conciliaciones han sido efectivas en la resolución de conflictos.

"Lo que ha tratado la autoridad a costa de cualquier situación es de impedir que se inicien huelgas y eso es un derecho legítimo a ejercer de parte de los trabajadores cuando hay un acuerdo que no satisfaga sus peticiones" dijo.

Recordó que en la conciliación se busca empatar los intereses de las dos partes, principalmente de los trabajadores para mejorar sus condiciones en la medida en que los empresarios tengan la capacidad de conceder o compartir esos beneficios que se obtienen con el ejercicio de su producción y actividad.

En este sentido reconoció y lamentó que más allá de ayudar a los empleados, incluso los líderes sindicales abusan de este derecho laboral para sacar provecho de pretender estallar movimientos de huelga por casos ficticios.

La experta señaló que la huelga se resolverá a través de un juicio en el que los tribunales tendrán la obligación de determinar si existió alguna responsabilidad por parte del patrón y ordenar el pago de salarios caídos, indemnización o garantizar diversos derechos.

La huelga podrá declararse procedente, siempre y cuando no haya acuerdo conciliatorio entre las partes, y para que sea declarada procedente, explicó, en el centro de conciliación se solicitará audiencia, misma en la que deberá presentarse el pliego de peticiones por parte de los trabajadores ante el patrón y, de no llegar a un acuerdo, se dará aviso al instituto de registro sindical, órgano que deberá informar a los tribunales y al patrón.

Dicho procedimiento, apuntó la especialista, se llevará a cabo con un periodo de 6 a 10 días previos al emplazamiento a huelga, mientras que la audiencia se llevará a cabo 72 horas antes de que se declare el paro laboral. En ese tiempo se determinará si la empresa requiere personal de emergencia para continuar su operación.

Este viernes continuarán las ponencias con temas como transparencia sindical y el papel del derecho internacional del trabajo en México.







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