Las detenciones que realicen las corporaciones policiacas del Estado de México, tanto estatal como municipales, durante manifestaciones feministas deberán registrarse en medios electrónicos audiovisuales, con fines de transparencia y rendición de cuentas.
Así se establece en el Protocolo de Actuación Policial para la Seguridad y Atención de Manifestaciones en Pro de los Derechos de las Mujeres, publicado este martes en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
El Gobierno del Estado de México emitió el protocolo que se empleará durante marchas feministas, donde se precisa a las y los agentes de seguridad qué hacer, cómo actuar ante protestas que involucren destrucción o intervención de símbolos imágenes o monumentos sin violentar derechos y garantizando una actuación con perspectiva de género.
En el documento se precisa, en el capítulo VI. “Uso de la fuerza”, que ésta se ejercerá de conformidad con la Ley Nacional, así como los Protocolos Nacional y Estatal sobre el Uso de Fuerza, y quienes son agentes "por ningún motivo podrán hacer uso de armas en contra de quienes participen en manifestaciones o reuniones públicas pacíficas con objeto lícito”.
Agrega que la actuación policial deberá asegurar la protección de las y los manifestantes y los derechos de terceros, así como garantizar la paz y el orden públicos.
En caso de que en las manifestaciones o reuniones públicas se comiencen a realizar actos violentos, que pongan en riesgo la integridad física tanto de los asistentes como de los agentes, y que a su vez alteren el orden público:
“Se deberá considerar la presencia de agentes capacitados para llevar a cabo negociaciones y procedimientos de disuasión y persuasión, que den como resultado que los manifestantes cedan de dichas conductas agresivas, mismos que deberán apegarse a los niveles de uso de la fuerza establecidos en la Ley Nacional, a los principios que rigen su actuar y los protocolos existentes para ello".
También aclara que durante una manifestación sólo se procederá a la detención bajo los supuestos de un delito o falta administrativa flagrante, y en el momento que se materialice cualquier detención, de manera inmediata se sujetará a lo señalado en el Código Nacional de Procedimientos Penales, o bien, en el Bando de Municipal correspondiente.
Destaca que “las detenciones deberán ser registradas en medios electrónicos audiovisuales que serán accesibles por los medios que establezcan las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales”.
También se precisa que los agentes procuran la seguridad e integridad de las personas defensoras de derechos humanos, de representantes de medios de comunicación, de integrantes de las brigadas Violeta de la Secretaría de la Mujer, de personal de la Comisión de Derechos Humanos que participen en las manifestaciones y garantizarán que las personas defensoras y la prensa no sean limitadas en sus derechos con motivo de su labor. También salvaguardarán su integridad física.
Además, en el diseño de operativos se contempla contar con una persona facilitadora designada por la Secretaría de las Mujeres y capacitadas para actuar frente a manifestaciones, reuniones o asambleas y llevar a cabo negociaciones.
El propio personal de la Secretaría se encargará de registrar con fotografías y video la manifestación y la Secretaría de Seguridad implementará programas de asistencia médica, psicológica y jurídica para el personal operativo que por acciones derivadas del uso de la fuerza lo requieran.
Los agentes no podrán ser sancionados por negarse a ejecutar una orden ilegal o violatoria de derechos.
El protocolo asegura recoger el espíritu de la sentencia del 2018 emitida por la Corte Interamericana Derechos Humanos sobre las mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco.