La Alerta Amber es un programa para apoyar en la búsqueda y localización de niños, niñas y adolescentes que se encuentren en riesgo de sufrir algún daño por desaparición, extravío, privación ilegal de la libertad o cualquier otra circunstancia donde se presuma algún delito.
Este sistema de búsqueda fue creado en Texas, Estados Unidos, luego de la desaparición de Amber Rene Hagerman, quien fue raptada mientras jugaba con su bicicleta.
El buen resultado que dio para la localización de menores extraviados o desaparecidos hizo que varios países lo adoptaran y México no fue la excepción.
El sistema es operado por los tres órdenes de gobierno, organizaciones civiles y medios de comunicación y debe emitirse de manera inmediata a la recepción de la denuncia por desaparición o no localización del menor.
La Alerta Amber se activa cuando se cumplan tres criterios: que la persona sea menor de 18 años, que esté en riesgo de sufrir un daño en su integridad personal y que se tenga la información para identificar al menor desaparecido.
Cada Fiscalía General de Justicia estatal tiene su respectiva coordinación de la Alerta Amber, en tanto la Fiscalía General de la República (FGR) es la encargada de emitir las alertas a nivel nacional e internacional.
Aunque ha sido una herramientas para la localización de menores desaparecidos, diversos especialistas han acusado la falta de una base de datos con todas las alertas generadas a nivel nacional.
Es importante señalar que no se requiere esperar 24 horas o más desde la desaparición de un menor para que las autoridades emitan la Alerta Amber, pues forma parte del mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU), el cual es un trámite gratuito e inmediato.
Es decir, debe emitirse en cuanto los padres o tutores presentan la denuncia y entregan fotografías y la información disponible sobre sus rasgos físicos y la ropa que vestía para elaborar la cédula.
Para ello, cualquier persona puede acudir ante un juez o un fiscal para presentar la denuncia de la probable desaparición de un menor, señalar los hechos que hacen suponer esa desaparición.
La o las personas que denuncian pueden participar con las autoridades en la búsqueda de su familiar, siempre y cuando no interfiera u obstaculice las acciones que se emprendan para su localización.
Asimismo, los familiares o denunciantes deberán informar a la autoridad en caso de que el menor se reporte o regrese a su domicilio.
El Mecanismo de Búsqueda Inmediata finaliza cuando la persona sea encontrada con o sin vida o cuando transcurran más de dos meses sin haber sido localizada mediante la actividad judicial, por lo que emitirá un reporte que será integrado a la carpeta de investigación respectiva.
CÉDULA ODISEA
La Cédula Odisea también es un mecanismo para la búsqueda inmediata de personas que se presumen desaparecidas, pero a diferencia de la Alerta Ambar, ésta se dirige a personas mayores de edad.
También participan autoridades de los tres órdenes de gobierno, organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación masiva, principalmente.
La denuncia puede hacerse de manera presencial ante las Fiscalías Generales de Justicia, vía electrónica en sus portales oficiales, en los Módulos Exprés o en las Unidades Especializadas para la Investigación de Personas Desaparecidas, No Localizadas, Extraviadas o Ausentes.
Igualmente, junto con la denuncia se deberá aportar toda la información relacionada con los hechos que hacen suponer la desaparición, además de fotografías, datos biométricos de la persona y vestimenta.
En el caso de la Cédula Odisea, cuyo protocolo de investigación corresponde a las autoridades, los familiares estarán obligados a informar si la persona desaparecida los contacta o si la localizan para que se suspenda la búsqueda y se incluya el registro en la carpeta de investigación correspondiente.