Las trabajadoras del hogar no pueden realizar el trámite de afiliación al seguro social si tienen un salario mensual menor a tres mil 183.08 pesos, es decir, si una persona sólo trabaja una vez a la semana -cuatro días al mes-, por día su cobro deberá ser de 795.77 pesos para cumplir con este requisito.
En tanto la tarifa mínima que el empleador debe pagar al IMSS mensualmente es de 904.86 pesos.
De acuerdo con Marcelina Bautista, fundadora del SINACTRAHO y titular del Centro de Apoyo y Capacitación para Empleadas del Hogar, en la actualidad persiste la falta de concientización en los empleadores sobre su responsabilidad de brindar seguridad social a sus empleados domésticos, quienes todavía son víctimas de salarios bajos y violación a sus derechos laborales.
Agregó que de acuerdo con datos del IMSS, a nivel nacional se tienen cerca de ocho mil afiliaciones de trabajadoras domésticas, de las cuales alrededor de cuatro mil son pagadas mes con mes.
La fundadora de este sindicato informó que entre las entidades que concentran el mayor número de afiliaciones destacan la Ciudad de México, Chihuahua, Morelia y Monterrey, entre otras.
“Cabe recalcar que los empleadores deben entender que esto se va a volver obligatorio, la corte ya dio un plazo de 18 meses para que se lleve a cabo el plan piloto de afiliaciones en el IMSS y por ello se está reformando la ley del Seguro Social con respecto a las trabajadoras del hogar”.
Por otro lado lamentó que estén en riesgo los salarios de los y las trabajadoras domésticas, pues empleadores han externado que disminuirán los salarios de afiliar a sus empleados.
Por tal motivo a partir del próximo mes de enero entrará en vigor un salario universal para este sector, el cual oscila los 248.66 pesos, debido a que tras un estudio realizado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, se logró conocer que el 44 por ciento de las trabajadoras del hogar sólo ganan dos salarios mínimos o uno sólo, según lo informado por la fundadora del SINACTRAHO.
Testimonios
La falta de afiliaciones de empleadas domésticas al programa piloto del IMSS no siempre tiene que ver con la indisposición del empleador, pues pese a lo sencillo del trámite hay quienes simplemente no lo creen necesario.
María Cirila “N”, trabaja seis días a la semana como empleada doméstica en Toluca, por día recibe un pago de 250 pesos, es decir, su sueldo semanal es de mil 500 pesos.
Ana María Dávila, una de los empleadores de María Cirila, informó a esta casa editora que en su momento intentaron asegurar a su trabajadora doméstica, sin embargo ésta se rehúso debido a que ya estaba asegurada primeramente por su esposo, sin embargo al quedar desempleado fueron nuevamente asegurados por uno de sus hijos.
“Cuando tratamos de asegurarla nos dijo que no era necesario porque ya estaba afiliada al IMSS por parte de su esposo, tiempo después el esposo dejó de laborar en donde estaba y optó por poner un taller mecánico en su casa, en ese momento uno de sus hijos fue quien los aseguró, y aunado a ello nos comentaba que lo que menos quería era ir a perder su tiempo con trámites engorrosos”, comentó Ana María Dávila.
En contraparte, esta casa editora tomó conocimiento del despido de una persona que se gana la vida como empleada doméstica debido a que su empleadora no cuenta con los recursos económicos para cubrir su sueldo y además pagar su afiliación al IMSS.
Derechos laborales de los y las trabajadoras del hogar
De acuerdo con el Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar (SINACTRAHO), por ley los y las trabajadoras del hogar tienen derecho a un salario justo que corresponda al trabajo que se realice, número de personas que se atiendan y al tamaño de la casa donde se labore.
También deben tener un contrato por escrito en el cual se especifiquen las condiciones laborales, las cuales no deben rebasar 8 horas de trabajo diario y el pago de horas extra al rebasar este horario, mismas que sólo podrán ser cuatro horas por día.
Deben tener un día de descanso de forma obligatoria por semana. En el caso de las trabajadoras que trabajan de planta y entrada por salida, con una sola persona empleadora, su descanso será a partir del mediodía del sábado y su regreso será los lunes por la mañana.
Además tienen goce de un periodo vacacional de seis días mínimo durante el primer año de trabajo con goce de sueldo y prima vacacional. A partir del segundo año de antigüedad se agregarán dos días más cada año de forma consecutiva hasta llegar a los 12 días.
Los días feriados por ley los deberán descansar con goce de sueldo íntegro (1° de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1° de mayo, 16 de septiembre, 20 de noviembre y 25 de diciembre).
En lo que corresponde a los aguinaldos, las y los empleados domésticos también tienen derecho a recibirlo y esto deberá ocurrir antes del 20 de diciembre de cada año. Para saber cuál será su percepción del mismo, los beneficiarios deben calcular lo de 15 días de salario o su equivalente en caso de que todavía no haya cumplido su primer año laboral.
Para que cuenten con seguridad social, las y los trabajadores del hogar o sus empleadores deben inscribirlos en el programa piloto del IMSS. Con dicha afiliación los beneficiarios podrán recibir servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica, además de incapacidades, pensión por invalidez y vida, fondo para el retiro y prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.
Aunado a ello, los y las trabajadoras del hogar podrán jubilarse con una remuneración recibida después de cumplir 25 años de trabajo.
El SINACTRAHO informó además que el trabajador tiene derecho a indemnización en caso de despido injustificado, violación a sus derechos laborales o si se renuncia de forma voluntaria y se tienen más de 15 años de trabajo con un mismo empleador.
En caso de recibir maltrato físico, psicológico, sexual, emocional o que sean violados sus derechos humanos y laborales, los y las trabajadoras domésticas tienen derecho a denunciar ante las instituciones correspondientes.
Además podrán asociarse a sindicatos u organizaciones sin requerir la autorización de su empleador, del cual deberán recibir un trato digno y respetuoso y no discriminatorio.
A lo anterior se agrega que las personas que trabajan de planta en una vivienda deberán recibir por lo menos tres comidas al día, mientras que aquéllas personas que trabajan de entrada por salida, deberán recibir por lo menos una comida al día.
Obligaciones
Las personas que laboran como empleadas del hogar también tienen una serie de obligaciones que deben cumplir.
La primera es cumplir con el trabajo acordado de acuerdo con lo pactado en su contrato.
Cuidar y conservar el manejo de la casa en la que laboren y sus pertenencias, no llevar personas ajenas a su trabajo y en caso de llevar a un familiar, por ejemplo un hijo, informar a su empleador previamente.
Desempeñar su trabajo con honradez y buena actitud y no faltar sin justificación y acatar las medidas de higiene, de seguridad y protección personal.
Respetar a sus empleadores, su familia y sus visitantes, además de no revelar asuntos personales de la familia.
Cuando se termine la relación laboral, se deberá avisar con una semana de anticipación y establecer claramente los motivos de tal situación. En caso de que la renuncia sea voluntaria, antes de los 15 años de trabajo no tienes derecho al pago de indemnización.
Es importante tomar en cuenta que los empleadores por ningún motivo pueden disminuir el salario o modificarlo, ni cambiarles el lugar de trabajo y actividades a realizar, además de que la persona empleadora no puede encarcelar a sus empleados sin pruebas de la acusación, y tampoco pueden someter a sus trabajadores a pruebas de polígrafo.
¿Cómo afiliarse al IMSS?
Si eres trabajador o trabajadora del hogar, ya puedes ser afiliado al IMSS por medio de un programa piloto, mismo que fue puesto en marcha el 1 de abril pasado. Con esto como beneficiario tendrás servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica, incapacidades, pensión por invalidez y vida, fondo para el retiro y prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.
Los costos deberán correr a cargo de tu empleador y son independientes al salario del beneficiario, además de que la afiliación tendrá vigencia sólo durante el plazo en que se establezca por ambas partes.
Requisitos
El trámite podrá ser realizado por el beneficiario o el empleador de manera presencial o en línea. No es obligatorio que este último esté inscrito al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Para llevar a cabo la afiliación, se requiere tener a la mano el CURP del beneficiario, número de seguridad social (nss), el cual puede tramitarse a través del sitio web www.imss.gob.mx, a través de la aplicación IMSS Digital o de manera presencial en una subdelegación.
Para el trámite del nss se requiere presentar la original y una copia certificada del acta de nacimiento para su cotejo, identificación oficial vigente –INE, cédula profesional, cartilla militar, licencia de conducir- y una copia del CURP.
Además, para el trámite de afiliación hay que presentar comprobante de domicilio con vigencia no mayor a tres meses –del beneficiario- y un correo electrónico.
También se solicitará documentación del empleador, tales como su CURP, nombre completo y domicilio.
Registro
Para el trámite presencial, se debe acudir con todos los requisitos a la subdelegación del IMSS correspondiente.
Para el caso en línea, es necesario entrar al sitio web www.imss.gob.mx, seleccionar la sección de “Personas Trabajadoras del Hogar”.
Inmediatamente la página redireccionará al portal en el cual se ingresarán los datos solicitados: CURP, NSS y correo electrónico.
A continuación serán solicitados los datos como domicilio completo, tomando en cuenta el código postal, colonia, calle y número. Es en este apartado donde se seleccionará la subdelegación correspondiente.
Posterior hay que ingresar el salario mensual y el número de empleadores que se tiene. A continuación se ingresan los datos del empleador.
Para finalizar el sistema generará dos documentos, uno consiste en el formato de inscripción y el otro es el documento con el cual se realizará el pago correspondiente.
Costos
El trámite de afiliación es gratuito. Sin embargo para mantener la afiliación el IMSS cuenta con un simulador para calcular el costo de la afiliación, de acuerdo con el salario y el número de beneficiarios a registrar.
Las cuotas deberán ser pagadas mensualmente y se calcularán tomando de referencia el salario base del beneficiario, el cual puede ser desde un salario mínimo, hasta el equivalente a 25 unidades de medida y actualización.
Pese a ello, el trámite no puede ser realizado si se percibe un salario mensual menor a tres mil 183.08 pesos, es decir, si una persona sólo trabaja con una persona una vez a la semana, es decir, cuatro días al mes, por día su cobro deberá ser de 795.77 pesos para cumplir con este requisito.
El pago mínimo para este programa es de 904.86 pesos mensuales.