Las tres personas trans que lograron modificar su credencial para votar y que podrán participar en la jornada del 4 de junio, día en que las y los mexiquenses elegirán a la que será la próxima gobernadora de la entidad, tienen garantizado su voto sin ser discriminados por funcionarios del INE local, aseguró el vocal ejecutivo del Instituto Nacional Electoral en el Estado de México, Joaquín Rubio Sánchez.
Lo anterior, derivado de la capacitación a las y los funcionarios de casilla del INE local, a través del "Protocolo para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en todos los tipos de elección y mecanismos de participación ciudadana".
"Vamos a estar nosotros muy al pendiente con los capacitadores en cada una de las casillas, a ellos ya se les dio un curso, ya se les sensibiliza y, a su vez, ellos también lo hicieron con los funcionarios de casilla", aseguró el vocal ejecutivo del INE en el Estado de México.
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Con lo anterior, se tiene garantizado el derecho al sufragio de las personas trans el primer domingo de junio, sin que se le cuestione nada sobre su apariencia física u otros.
"Cuando lleguen a la casilla, si por alguna razón la credencial no coincide, tenemos que garantizarle su derecho al voto, por cualquier cosa que pudiera tener diferente el peinado o lo que sea, tenemos que garantizarles su voto sin mayores preguntas", precisó Joaquín Rubio, quien sostuvo que las tres personas trans que estarían en condiciones de votar el día de la elección radican en el oriente de la entidad.
¿Qué dice el Protocolo?
El Protocolo para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en todos los tipos de elección y mecanismos de participación ciudadana establece recomendaciones para garantizar un trato igualitario a las personas que pertenecen a la comunidad LGBT+.
Es decir, no se podrá impedir el voto a algún miembro de la comunidad LGBT+ por haber discordancia entre la expresión del género del o la votante con la fotografía, nombre o sexo de su INE.
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Las y los funcionarios de casilla tampoco pueden condicionar el voto hasta que el o la votante demuestre su identidad, ni solicitar documentación adicional para sustentar la identidad de la persona.
En el protocolo se establece que las y los funcionarios de casilla no podrán ejercer algún acto intimidatorio u otro que invada la privacidad de las personas, aunado a que en las casillas electorales se debe contar con carteles informativos que orienten el derecho al voto libre y secreto de todas y todos los miembros de la comunidad trans, sin excepciones ni distinciones.