Gobierno mexiquense busca agilizar trámites para unidades económicas

La propuesta busca dar mayor seguridad a quienes empeñen algo y pagar el valor de los artículos

Violeta Huerta | El Sol de Toluca

  · domingo 10 de noviembre de 2019

Foto: Diego Simón Sánchez | Cuartoscuro

El Ejecutivo mexiquense propuso a los diputados reformas a la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México que pretende establecer la posibilidad de realizar trámites de casas de empeño y comercializadoras en las ventanillas de gestión a cargo de la Secretaría de Desarrollo Económico.

La iniciativa también busca dar a los ciudadanos una mayor protección y precisar las coberturas mínimas que debe contener el contrato de seguro para esos establecimientos, a fin de dar mayor seguridad a quienes empeñen algo y pagar el valor de los artículos.

Además, la propuesta incluye aumentar el parámetro de las multas a titulares de las unidades económicas de ese tipo que omitan cumplir con las obligaciones señaladas en la ley y sean sancionados por su acción u omisión.

La propuesta incluye ajustes al artículo 134 de la citada Ley para precisar que para obtener el permiso de apertura, instalación y funcionamiento de las unidades económicas, el solicitante o representante legal, con independencia de lo dispuesto en otros ordenamientos legales, podrá presentar una solicitud por escrito ante la ventanilla de gestión, o ante la Secretaría de Finanzas, con los datos y documentos que se requieran.

La reforma plantea incluir la obligación de exhibir la licencia de usos de suelo expedida por la autoridad municipal, o estatal, la licencia de funcionamiento y precisa que en las casas de empeño, además de los requisitos señalados, en los cinco días posteriores al de la aprobación de la solicitud deberán presentar el contrato de seguro antes una compañía aseguradora acreditada debidamente acreditada.

El contrato, plantea la iniciativa, deberá ser suficiente para garantizar los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse a los bienes empeñados y en ningún caso podrá ser menor al valor que el perito valuador otorgue al momento del empeño.

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