/ miércoles 14 de agosto de 2024

Impone Infoem 57 medidas de apremio por incumplimientos de transparencia

Difieren sobre clasificar expedientes sobre acoso sexual 

El Instituto de Transparencia y de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) impuso 57 medidas de apremio por incumplimientos en materia de transparencia.

Primero aplicó 47 apercibimientos a titulares de Unidades de Transparencia, de los cuales siete fueron del Ejecutivo, 39 de municipios mexiquenses y uno de un DIF municipal.

También hizo nueve amonestaciones públicas dirigidas a titulares de Unidades de Transparencia de sujetos obligados, de las cuales ocho fueron de ayuntamientos y una de un organismo de agua.

Además, impuso una multa al titular de la Unidad de Transparencia del Tribunal de Conciliación y Arbitraje por 150 UMAS, equivalentes a poco más de 15 mil pesos, pues se aplicó el valor del año 2023 porque en ese ejercicio se cometió la falta.

Durante la sesión del Instituto de Transparencia también hubo votos disidentes y particulares y algunos comentarios por parte de las y los comisionados, en torno a diversos asuntos.

Acoso Sexual

Tanto el comisionado presidente del Instituto, José Martínez Vilchis, como la comisionada Rosario Mejía Ayala coincidieron en que los datos de expedientes por denuncias de acoso sexual no deben ser reservados, pues esa conducta constituye un acto de corrupción.

Rosario Mejía señaló que esa conducta implica un acto de corrupción, por lo cual es necesario dejar de asumir la corrupción sólo en términos económicos y abordarla desde una perspectiva de Derechos Humanos, pues el acoso implica el mal uso o el abuso del poder público y violencia sexual y de género que afecta especialmente a personas en situaciones de vulnerabilidad.

Las personas funcionarias públicas que utilicen su cargo para obtener beneficios sexuales de personas subordinadas, aún con consentimiento, a cambio de ciertos privilegios, precisó, cometen corrupción y vulneran los Derechos Humanos de las personas.

Por ello, advirtió, no comparte que se clasifiquen los expedientes en trámite derivados de denuncias por acoso sexual en contra de servidores públicos, pues se actualiza una causal de excepción de la reserva.

El comisionado presidente José Martínez Vilchis también consideró que se actualizaba la causal de excepción de reserva, pues el acoso sexual constituye un acto de corrupción e implica un notorio abuso de poder.

El Instituto de Transparencia y de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) impuso 57 medidas de apremio por incumplimientos en materia de transparencia.

Primero aplicó 47 apercibimientos a titulares de Unidades de Transparencia, de los cuales siete fueron del Ejecutivo, 39 de municipios mexiquenses y uno de un DIF municipal.

También hizo nueve amonestaciones públicas dirigidas a titulares de Unidades de Transparencia de sujetos obligados, de las cuales ocho fueron de ayuntamientos y una de un organismo de agua.

Además, impuso una multa al titular de la Unidad de Transparencia del Tribunal de Conciliación y Arbitraje por 150 UMAS, equivalentes a poco más de 15 mil pesos, pues se aplicó el valor del año 2023 porque en ese ejercicio se cometió la falta.

Durante la sesión del Instituto de Transparencia también hubo votos disidentes y particulares y algunos comentarios por parte de las y los comisionados, en torno a diversos asuntos.

Acoso Sexual

Tanto el comisionado presidente del Instituto, José Martínez Vilchis, como la comisionada Rosario Mejía Ayala coincidieron en que los datos de expedientes por denuncias de acoso sexual no deben ser reservados, pues esa conducta constituye un acto de corrupción.

Rosario Mejía señaló que esa conducta implica un acto de corrupción, por lo cual es necesario dejar de asumir la corrupción sólo en términos económicos y abordarla desde una perspectiva de Derechos Humanos, pues el acoso implica el mal uso o el abuso del poder público y violencia sexual y de género que afecta especialmente a personas en situaciones de vulnerabilidad.

Las personas funcionarias públicas que utilicen su cargo para obtener beneficios sexuales de personas subordinadas, aún con consentimiento, a cambio de ciertos privilegios, precisó, cometen corrupción y vulneran los Derechos Humanos de las personas.

Por ello, advirtió, no comparte que se clasifiquen los expedientes en trámite derivados de denuncias por acoso sexual en contra de servidores públicos, pues se actualiza una causal de excepción de la reserva.

El comisionado presidente José Martínez Vilchis también consideró que se actualizaba la causal de excepción de reserva, pues el acoso sexual constituye un acto de corrupción e implica un notorio abuso de poder.

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