Improcedente denuncia del PRI en contra de la alcalde electa de Valle de Bravo

También se avalaron los resultados de la elección del pasado 6 de junio en nueve municipios mexiquenses

Sandra Hernández | El Sol de Toluca

  · jueves 23 de septiembre de 2021

Foto: twitter | @TeemOficial

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) declaró improcedente la denuncia presentada por el PRI en contra de Michelle Núñez Ponce, con motivo de los comicios locales del pasado 6 de junio, cuando contendió y ganó la alcaldía de Valle de Bravo, representando a la coalición “Juntos Haremos Historia”, la cual estuvo conformada por el Partido del Trabajo, Morena y Nueva Alianza.

Durante su sesión pública número 44, los magistrados integrantes del órgano jurisdiccional electoral local, en donde también avalaron los resultados electorales de nueve municipios, determinaron improcedentes los motivos de la denuncia en contra de Núñez Ponce.

Cabe mencionar que dicha denuncia estuvo relacionada con actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, distribución de recursos en especie con fundamentación religiosa, uso y aprobación de programas sociales oficiales de gobierno asociados al partido Morena, así como uso indebido del emblema e imagen con beneficio personal, sin embargo, determinaron la inexistencia de las infracciones.

Lo anterior, explicaron, porque las publicaciones no pueden ser consideradas como un llamamiento al voto, además de que en ningún momento se acreditó que Michelle Núñez fuera servidora pública.

De igual forma, el TEEM no advirtió algún otro elemento que permitiera concluir que se coaccionó moral o espiritualmente a la ciudadanía, a fin de que votaran a su favor.

En otro orden de ideas, el Tribunal Electoral avaló los resultados electores en las elecciones municipales de nueve alcaldías: Xonacatlán, Jilotzingo, Naucalpan, Polotitlán, Amecameca, Jaltenco, Coyotepec, Huehuetoca y Cuautitlán Izcalli.

En el caso de las denuncias JI 1 y 82, y los JDCL 442, 458, 505, 523, 524 y 525, promovidos por el partido Movimiento Ciudadano, contra de los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección de miembros del ayuntamiento de Xonacatlán, el Tribunal confirmó los resultados y la validez de la elección.

Asimismo, determinó acumular los juicios, además de desechar los expedientes 442, 458 y 505, al considerarlos extemporáneos y con falta de interés jurídico.

También calificó de infundados los agravios relacionados con el rebase de topes de gastos de campaña por parte del candidato de la coalición Juntos Haremos Historia, pues según el INE no hubo rebase del tope de gastos de campaña.

En relación a los agravios relacionados con la coacción y compra del voto en Xonacatlán, mediante la entrega de apoyos económicos y materiales en especie, se calificaron infundados, porque los actores no indican de forma precisa las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos aducidos.

Asimismo, el TEEM confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo, el otorgamiento de la constancia de mayoría y la declaración de validez de la elección de Huehuetoca, al desestimar los agravios del PVEM de haberse cometido irregularidades graves y no reparadas, la existencia de error o dolo en la computación de los votos y la utilización de boletas electorales apócrifas.

Finalmente, en el caso de la denuncia interpuesta por Luis Daniel Serrano Palacios, quien participó como candidato a presidente municipal de Cuautitlán Izcalli por Morena, en contra de Miguel Arenas por la presunta emisión de calumnias a través de Facebook, declaró su inexistencia.