Un Tribunal Colegiado de Circuito consideró que el Tribunal Superior de Justicia no cumplió la ejecutoria de amparo, que le fue ordenada en el caso de Daniel Plácido Arroyo, joven sentenciado por secuestro, pues volvió a dictar sentencia condenatoria, sin tomar en cuenta las pruebas a favor del imputado, y sin realizar una audiencia pública para explicar su resolución.
La autoridad federal dio un plazo de 10 días al Tribunal de Alzada para cumplir con la ejecutoria de amparo.
La familia de Daniel Plácido, acusado de secuestro y sentenciado a 65 años de prisión acusó al Poder Judicial mexiquense de incurrir en desacato, al incumplir la ejecutoria de amparo ordenada por la autoridad judicial federal.
Ellos sostienen que no hay pruebas contra su hermano, pues los policías lo detuvieron de manera ilegal y sin pruebas, pero aún así fue sentenciado a 70 años, y tras una apelación, la condena disminuyó a 65 años.
Lady, hermana de Daniel, explicó que el 23 de noviembre fueron notificados de que el Tribunal Colegiado de Circuito considera que no se cumplió la ejecutoria y consideró inaceptable que el Tribunal Superior de Justicia no cumpla con respetar los derechos humanos, la ley, ni el Estado Derecho.
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Refirió que el primer Tribunal de Alzada en materia penal volvió a ratificar la sentencia contra Daniel, sin tomar en cuenta las pruebas de su inocencia.
"Nuevamente el Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal reiteró la sentencia condenatoria en contra de Daniel, al no dar valor probatorio a las pruebas de Daniel cayó en desacato a lo ordenado por el Tribunal Colegiado", afirmó su hermana.
En agosto un Tribunal Colegiado en materia penal concedió un amparo a Daniel Plácido Arroyo, integrante de la plataforma Haz Valer Mi Libertad, sentenciado a 65 años de prisión por el delito de secuestro.
Los magistrados federales ordenaron al Poder Judicial mexiquense realizar una debida valoración de las pruebas aportadas por la defensa y emitir una nueva resolución.
La autoridad judicial federal estimó que la valoración de jueces y magistrados del Tribunal Superior de Justicia mexiquense fue carente de objetividad, pues "de manera subjetiva" descalificaron a los testigos de descargo, al aducir que no merecían credibilidad.
Los magistrados federales admitieron que la autoridad debe realizar un mayor esfuerzo de congruencia y exhaustividad en el análisis del valor que merece cada uno de los indicios y pruebas, a fin de no caer en afirmaciones genéricas, ni subjetivas, pues de manera injustificada no valoraron los elementos que contravienen la imputación.