A partir de este dos de enero entra en vigor el nuevo paquete fiscal, a través del cual se actualizan las tarifas y trámites al 5.9%, se sanciona a contribuyentes que no hayan cumplido con el reemplacamiento, pero también se ofrecen descuentos a quienes paguen predial y agua en los primeros tres meses del año.
De acuerdo con las nuevas disposiciones se conservan las bonificaciones y estímulos fiscales por predial y derechos de agua potable, en un 8%, 6% y 4%, aplicables durante los meses de enero, febrero y marzo y porcentajes adicionales por pago cumplido en los últimos años.
El límite de incremento al Impuesto Predial es del 20% y se mantienen las tasas de recargos en 1.85% y 1.3% mensual respectivamente, el porcentaje mensual de actualización del 0.42%.
Además, se mantiene la bonificación de hasta el 34% y de hasta el 38% en el pago de derechos por servicio de suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado y recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento.
También se mantiene a favor de los sectores vulnerables; así como de asociaciones religiosas, instituciones de beneficencia pública o privada, asociaciones culturales, instituciones de enseñanza pública y otros contribuyentes, que realicen actividades no lucrativas el otorgamiento del 100% en el pago de contribuciones, aprovechamientos y accesorios.
Los ayuntamientos podrán otorgar a favor de quienes lleven a cabo la regularización de la tenencia de la tierra, a través de los organismos públicos creados para tal efecto, estímulos fiscales y bonificaciones de hasta el 100% en predial y el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, por ejercicios anteriores, así como de los accesorios legales causados.
Los ayuntamientos también puedan otorgar estímulos fiscales a favor de los contribuyentes del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio
de Inmuebles, que adquieran viviendas de tipo social progresiva, de interés social y popular, a través de los organismos públicos creados para tal efecto, mediante bonificaciones de hasta el 100% en el monto de la contribución a su cargo, recargos y multas.
Además, habrá estímulos fiscales de hasta el 100% del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, que participen en los programas de regularización de vivienda con uso habitacional en los que participe el Gobierno estatal, el Instituto de la Función Registral del Estado de México y el Colegio de Notarios del Estado de México.
El Ejecutivo podrá otorgar un subsidio de hasta el 100% en el monto de los Derechos por bienes y servicios prestados por Dependencias y Entidades Públicas del Gobierno del Estado, cuando se realicen campañas de regularización.