/ martes 10 de julio de 2018

Inicia oralidad civil en el Poder Judicial del Estado de México

Usucapión, desahucio y otorgamiento de escritura y firma, son algunos de los juicios que serán orales.

Queremos transitar hacia nuevos modelos de impartición de justicia donde se perciba la cercanía, preparación y el profesionalismo de los jueces”, por lo que hoy marcamos el comienzo de este esfuerzo y sin más juicios escritos, afirmó el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, Sergio Javier Medina Peñaloza, al dar inicio a la oralidad en materia civil.

Ante los integrantes del Consejo de la Judicatura, magistrados, jueces y colaboradores judiciales, así como Margarita Maya Salazar, directora general de la Administración de los Juzgados Civiles y Mercantiles, el titular del Poder Judicial mexiquense señaló que los procedimientos orales en esta rama del Derecho, generan un cambio de paradigma que permite contar con una justicia renovada que implica mayor responsabilidad de los jueces, quienes estarán frente a los justiciables poniendo en práctica principios como inmediación, publicidad, debido proceso, dirección del proceso, probidad procesal, continuidad, entre otros.

En el marco de este acto, Medina Peñaloza hizo la entrega simbólica de togas a jueces en materia penal, civil, familiar y mercantil; al respecto señaló que portar una toga representa el compromiso de resolver los asuntos de otras personas, generar puentes de comunicación, perseverar en los ideales de justicia y esperanza a quienes exigen el cumplimiento de sus derechos para perseguir mejores condiciones de vida y desarrollo social.

La oralidad en materia civil se fundamenta en la realización de audiencias en sala, las que serán videograbadas con el objetivo de eficientar y agilizar procesos, así como generar confianza en la ciudadanía, al conocer a los jueces que conducen sus casos y los avances de los mismos.

En representación de los juzgadores, la titular del Juzgado Cuarto Civil de Chalco con residencia en Valle de Chalco, María Rosalba Briseño Alvarado destacó que la oralidad civil es parte de una “profunda transformación en el ámbito jurídico procesal” en donde el Estado de México, siempre se ha distinguido al estar a la vanguardia de los cambios jurídicos.

Añadió que la implementación de la oralidad permitirá consolidar la misión y visión del Poder Judicial mexiquense; además, transparentará y agilizará la labor de los jueces, por lo que hizo un llamado a sus pares, a fin de asumir el compromiso de impartir justicia pronta, expedita y de calidad.

La oralidad civil ya opera en un proyecto piloto en las Regiones Judiciales de Toluca, Tlalnepantla, Ecatepec y Texcoco con 20 jueces, preparados para atender principalmente juicios sumarios de usucapión, desahucio, otorgamiento de escritura y firma y otros susceptibles de videograbarse.

El inicio e implementación de la oralidad en materia civil dará cumplimiento a lo que establece el artículo 17 de la Constitución Mexicana respecto a la necesidad de privilegiar la resolución de los conflictos sobre los formalismos procedimentales, siempre que no se afecte la igualdad de las partes; y se fundamenta en el Artículo 1.111 del Código de Procedimientos Civiles de la Entidad, cumpliendo con el principio de inmediación procesal.

Queremos transitar hacia nuevos modelos de impartición de justicia donde se perciba la cercanía, preparación y el profesionalismo de los jueces”, por lo que hoy marcamos el comienzo de este esfuerzo y sin más juicios escritos, afirmó el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, Sergio Javier Medina Peñaloza, al dar inicio a la oralidad en materia civil.

Ante los integrantes del Consejo de la Judicatura, magistrados, jueces y colaboradores judiciales, así como Margarita Maya Salazar, directora general de la Administración de los Juzgados Civiles y Mercantiles, el titular del Poder Judicial mexiquense señaló que los procedimientos orales en esta rama del Derecho, generan un cambio de paradigma que permite contar con una justicia renovada que implica mayor responsabilidad de los jueces, quienes estarán frente a los justiciables poniendo en práctica principios como inmediación, publicidad, debido proceso, dirección del proceso, probidad procesal, continuidad, entre otros.

En el marco de este acto, Medina Peñaloza hizo la entrega simbólica de togas a jueces en materia penal, civil, familiar y mercantil; al respecto señaló que portar una toga representa el compromiso de resolver los asuntos de otras personas, generar puentes de comunicación, perseverar en los ideales de justicia y esperanza a quienes exigen el cumplimiento de sus derechos para perseguir mejores condiciones de vida y desarrollo social.

La oralidad en materia civil se fundamenta en la realización de audiencias en sala, las que serán videograbadas con el objetivo de eficientar y agilizar procesos, así como generar confianza en la ciudadanía, al conocer a los jueces que conducen sus casos y los avances de los mismos.

En representación de los juzgadores, la titular del Juzgado Cuarto Civil de Chalco con residencia en Valle de Chalco, María Rosalba Briseño Alvarado destacó que la oralidad civil es parte de una “profunda transformación en el ámbito jurídico procesal” en donde el Estado de México, siempre se ha distinguido al estar a la vanguardia de los cambios jurídicos.

Añadió que la implementación de la oralidad permitirá consolidar la misión y visión del Poder Judicial mexiquense; además, transparentará y agilizará la labor de los jueces, por lo que hizo un llamado a sus pares, a fin de asumir el compromiso de impartir justicia pronta, expedita y de calidad.

La oralidad civil ya opera en un proyecto piloto en las Regiones Judiciales de Toluca, Tlalnepantla, Ecatepec y Texcoco con 20 jueces, preparados para atender principalmente juicios sumarios de usucapión, desahucio, otorgamiento de escritura y firma y otros susceptibles de videograbarse.

El inicio e implementación de la oralidad en materia civil dará cumplimiento a lo que establece el artículo 17 de la Constitución Mexicana respecto a la necesidad de privilegiar la resolución de los conflictos sobre los formalismos procedimentales, siempre que no se afecte la igualdad de las partes; y se fundamenta en el Artículo 1.111 del Código de Procedimientos Civiles de la Entidad, cumpliendo con el principio de inmediación procesal.

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