/ lunes 19 de abril de 2021

Juez ordena resarcir el daño moral a Aleatica, tras campaña de desprestigio

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México resolvió, en sentencia definitiva de primera instancia, condenar a Infraiber por daño moral a Aleatica

Luego de que la empresa constructora de vías de comunicación “Aleatica” (antes OHL) tuviera una campaña de desprestigio, un juez del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México ordenó que se le reparara el daño moral causado.

A través de un comunicado, se informó que la juez cuarto de lo Civil de este tribunal sentenció de manera definitiva a Infraiber (otra empresa constructora) por daño moral a Aleatica, lo cual se comprobó a través de una campaña ilegal de desprestigio a partir de imputaciones falsas.

“Las notas e imputaciones difundidas por la parte demandada, en muchos casos por conducto de su apoderado legal el señor Paulo Diez Gargari, excedieron los límites constitucionales, por haber sido efectuadas con la intención de dañar y desprestigiar a la actora, puesto que quedó demostrado que no cumplen con los requisitos de veracidad e imparcialidad”, se lee en la la sentencia definitiva.

También, se resolvió que las imputaciones fueron efectuadas con la intención de dañar a la compañía, con el objetivo de recuperar el negocio de Infraiber relacionado con el Sistema Independiente de Verificación de Aforo Vehicular (SIVA) en el Circuito Exterior Mexiquense.

De acuerdo a un análisis en su conjunto de las pruebas ofrecidas por la parte actora, ponen de manifiesto que dichas imputaciones son ilícitas pues se emitieron con una aparente intención de dañar la reputación y derechos morales de las actoras a fin de que la demanda pudiera instalar su negocio y recuperar la contraprestación que implicaba el SIVA”.

Por lo que, la juez condenó a Infraiber a publicar la sentencia en los medios en donde se perpetraron las imputaciones, a efecto de reparar el daño.

Puesto que, desde el 2015, Infraiber y su apoderado legal, Paulo Díez, realizaron varias publicaciones digitales y contrataron una serie de inserciones pagadas en medios de circulación nacional para ampliar el impacto negativo de su campaña difamatoria.

De igual forma, se ordenó pagar una indemnización cuyo monto será definido en proporción a la difusión de las mismas.

¿Por qué había una campaña difamatoria en contra de Aleatica?

En los primeros días de la administración del exgobernador Eruviel Ávila Villegas, el gobierno que él encabezaba retiró el contrato de medición de aforos de autopistas a Infraiber, el cual contemplaba al Sistema Independiente de Verificación de Aforo Vehicular (SIVA) en el Circuito Exterior Mexiquense.

Por lo que Infraiber acusó a OHL México (ahora Aleatica) de impedirle trabajar, desatando una batalla legal y mediática contra la empresa.

De acuerdo con medios de comunicación especializados en finanzas, el apoderado legal de Infraiber, Paulo Díez, acusó públicamente a OHL México (Aleatica) de mentir y falsear información sobre el lanzamiento de una oferta pública de acciones (OPA).

Así como de la rentabilidad contractual de activos de la compañía y la necesidad de refinanciamiento de la empresa.

Luego de que la empresa constructora de vías de comunicación “Aleatica” (antes OHL) tuviera una campaña de desprestigio, un juez del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México ordenó que se le reparara el daño moral causado.

A través de un comunicado, se informó que la juez cuarto de lo Civil de este tribunal sentenció de manera definitiva a Infraiber (otra empresa constructora) por daño moral a Aleatica, lo cual se comprobó a través de una campaña ilegal de desprestigio a partir de imputaciones falsas.

“Las notas e imputaciones difundidas por la parte demandada, en muchos casos por conducto de su apoderado legal el señor Paulo Diez Gargari, excedieron los límites constitucionales, por haber sido efectuadas con la intención de dañar y desprestigiar a la actora, puesto que quedó demostrado que no cumplen con los requisitos de veracidad e imparcialidad”, se lee en la la sentencia definitiva.

También, se resolvió que las imputaciones fueron efectuadas con la intención de dañar a la compañía, con el objetivo de recuperar el negocio de Infraiber relacionado con el Sistema Independiente de Verificación de Aforo Vehicular (SIVA) en el Circuito Exterior Mexiquense.

De acuerdo a un análisis en su conjunto de las pruebas ofrecidas por la parte actora, ponen de manifiesto que dichas imputaciones son ilícitas pues se emitieron con una aparente intención de dañar la reputación y derechos morales de las actoras a fin de que la demanda pudiera instalar su negocio y recuperar la contraprestación que implicaba el SIVA”.

Por lo que, la juez condenó a Infraiber a publicar la sentencia en los medios en donde se perpetraron las imputaciones, a efecto de reparar el daño.

Puesto que, desde el 2015, Infraiber y su apoderado legal, Paulo Díez, realizaron varias publicaciones digitales y contrataron una serie de inserciones pagadas en medios de circulación nacional para ampliar el impacto negativo de su campaña difamatoria.

De igual forma, se ordenó pagar una indemnización cuyo monto será definido en proporción a la difusión de las mismas.

¿Por qué había una campaña difamatoria en contra de Aleatica?

En los primeros días de la administración del exgobernador Eruviel Ávila Villegas, el gobierno que él encabezaba retiró el contrato de medición de aforos de autopistas a Infraiber, el cual contemplaba al Sistema Independiente de Verificación de Aforo Vehicular (SIVA) en el Circuito Exterior Mexiquense.

Por lo que Infraiber acusó a OHL México (ahora Aleatica) de impedirle trabajar, desatando una batalla legal y mediática contra la empresa.

De acuerdo con medios de comunicación especializados en finanzas, el apoderado legal de Infraiber, Paulo Díez, acusó públicamente a OHL México (Aleatica) de mentir y falsear información sobre el lanzamiento de una oferta pública de acciones (OPA).

Así como de la rentabilidad contractual de activos de la compañía y la necesidad de refinanciamiento de la empresa.

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