Las denominadas “tienditas de la esquina” o misceláneas son considerados establecimientos esenciales, motivo por el cual sus horarios de funcionamiento siguen siendo los establecidos en el “Acuerdo por el que se establece el Plan para el Regreso Seguro a las Actividades Económicas, Sociales, Gubernamentales y Educativas con motivo del virus SARS-CoV2 (Covid-19), en el Estado de México”, publicado en la Gaceta del Gobierno del 3 de julio de este año.
El viernes 11 de diciembre el gobernador mexiquense, Alfredo del Mazo Maza, dio a conocer cambios en los horarios de funcionamiento de actividades no esenciales, debido al creciente número de contagios de Covid-19.
De acuerdo con lo establecido en la Gaceta de Gobierno de ese mismo día, las tiendas departamentales, los centros y plazas comerciales, museos, cines y teatros, el comercio al por mayor y al por menor y los locales de actividades no esenciales, deben cerrar a las 17:00 horas a partir de este 14 de diciembre.
El nuevo horario también debe ser acatado por locales o espacios destinados a actividades culturales, auditorios, foros, gimnasios, clubes, establecimientos destinados a la práctica de actividades físicas o deportivas, balnearios, albercas públicas, baños públicos, vapores y spas, así como salones de belleza, peluquerías, barberías y similares.
Además de espacios públicos, parques, zoológicos, áreas naturales, actividades acuáticas y campos deportivos, así como todas las actividades físicas y recreativas al aire libre.
En el caso de restaurantes y unidades económicas cuya actividad sea la venta de alimentos preparados y/o bebidas alcohólicas y no alcohólicas, para su consumo en los propios establecimientos, también deben cerrar a las 17:00 horas, pero de seguir abiertos, sólo podrán vender alimentos en la modalidad para llevar o con entrega a domicilio.
Tras el aviso del gobernador, los establecimientos considerados como esenciales podrán operar en el horario normal, respetando el aforo permitido del 30 por ciento.
Estos establecimientos son farmacias, tiendas de autoservicio, de conveniencia y análogas.
Según lo establecido en la Gaceta de Gobierno del 22 de mayo, las actividades esenciales son la rama médica en todas sus especialidades, el sector farmacéutico y químico tanto en su producción como en su distribución y venta; la manufactura, mantenimiento y reparación de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud, así como los involucrados en la adecuada disposición de los residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI).
Además de la limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención y otras instalaciones vinculadas directamente con la prestación de servicios de salud, al igual que las involucradas en la seguridad pública, la procuración e impartición de justicia, la atención a víctimas y búsqueda de personas, entre otras.
Cabe recordar que ante el creciente número de contagios de Covid-19, la Secretaría General de Gobierno hizo un llamado a los alcaldes municipales del territorio mexiquense para que adopten los acuerdos emitidos recientemente por el titular del Ejecutivo estatal.