Durante el primer trimestre de este año los 125 municipios del Estado de México deberán entregar, a través del sistema electrónico de predial y agua, las cifras de recaudación del impuesto predial y derechos por el suministro de agua del ejercicio fiscal inmediato anterior, que servirán de base para calcular la entrega de las participaciones federales.
En el 2023 los municipios mexiquenses contarán con más recursos que en el 2022, pues recibirán ocho mil 606 millones de pesos más que este año, por concepto de participaciones y aportaciones, es decir, los recursos que les envían la Federación y el gobierno estatal.
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De acuerdo con el presupuesto del siguiente año del Estado de México, el sector municipios tendría 58 mil 642 millones 613 mil pesos, mientras en el 2022 fueron 50 mil 35 millones de pesos y los más beneficiados serán Ecatepec, Naucalpan, Tlalnepantla, Nezahualcóyotl, Toluca, Atizapán de Zaragoza y Cuautitlán Izcalli.
Una de las recomendaciones constantes a los ayuntamientos por entes como el Órgano Superior y la Auditoría Superior ha sido que mejoren su capacidad recaudatoria.
De acuerdo con los lineamientos para la entrega de información de la recaudación total en flujo de efectivo de predial y de agua, publicadas en Gaceta de Gobierno, las cifras de recaudación del impuesto predial reportadas por los municipios deberán corresponder a flujo de efectivo, excluyendo los beneficios, programas, subvenciones, subsidios, descuentos o bonificaciones.
Además deberán incluir la cantidad efectivamente pagada del año que se informa, independientemente del ejercicio fiscal en que se haya causado, por los siguientes conceptos: consumo, drenaje, alcantarillado, conexiones y reconexiones, así como los recargos, multas, gastos de ejecución, intereses no bancarios e indemnizaciones que se apliquen con relación a este impuesto, excluyendo contribuciones adicionales o cualquier otro concepto distinto al impuesto predial.
Las cifras de recaudación del impuesto predial y derechos por el suministro de agua del ejercicio fiscal inmediato anterior que sean informadas por los municipios del Estado de México, serán entregadas por la Secretaría de Finanzas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su validación, en cumplimiento con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y las Reglas de Validación de la Información para el Cálculo de los Coeficientes de Distribución de las Participaciones Federales.
Las cifras reportadas deberán coincidir con los registros contables de los entes públicos municipales, y en caso de que existan diferencias en las cifras o se detecten irregularidades al momento de la entrega, la Secretaría de Finanzas podrá solicitar cambios a la información reportada que deberá ser entregada por los municipios y organismos operadores de agua en el momento que sea requerida.
En el caso de que algún municipio no cumpla con la entrega de la información en los términos y plazos establecidos, la Secretaría de Finanzas, utilizará para el cálculo de la distribución de las participaciones la última información validada por el Comité de Vigilancia del Sistema de Participaciones en Ingresos Federales de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales referente al impuesto predial o derechos por el suministro de agua, aplicando el mayor decremento observado entre los municipios en la recaudación del ejercicio fiscal inmediato anterior, si no existe decremento, se aplicará un incremento cero.