/ domingo 31 de diciembre de 2023

Ofrecerán 12 subsidios al transporte público en Edomex

El objetivo es que concesionarios o permisionarios del servicio de transporte público regularicen y actualicen las concesiones y permisos ante el Registro Estatal de Transporte Público

Para el 2024 concesionarios y permisionarios del servicio de transporte público tendrán más beneficios fiscales, en materia vehicular, que los particulares, pues los primeros podrán obtener doce subsidios del 100% en distintos pagos de trámites vehiculares, y en algunos casos la condonación de adeudos.

El gobierno estatal publicó el acuerdo de beneficios fiscales a concesionarios y permisionarios, entre ellos un 100% en el pago del impuesto de la tenencia, no solo del siguiente año, sino también de adeudos anteriores.

También habrá un subsidio del 100% en el pago del refrendo para propietarios de vehículos destinados al transporte público de pasajeros sin adeudos y del 30% en el pago de ese mismo derecho para quienes tengan adeudos de ejercicios anteriores.

Otros subsidios del 100% serán a concesiones del servicio regular de pasaje en su modalidad de colectivo, mixto y del servicio discrecional individual, automóvil de alquiler, de sitio o permiso, tanto escolar, personal y de turismo en el pago de derechos por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad por prórroga o cambio de temporalidad de vigencia de la concesión o permiso del año 2023 y anteriores.

Este último aplicará siempre y cuando las prórrogas o cambio de temporalidad temporalidad de vigencia no excedan la vigencia máxima de la concesión o permiso. No sé otorgará si el vehículo vinculado a la concesión exceda el periodo de 10 años de vida útil.

También habrá un subsidio del 100% en el pago de derechos por prórroga o cambio de temporalidad de vigencia de las concesiones, siempre que el vehículo sea modelo del 2015 al 2024.

De igual forma se aplicará un subsidio del 100% en el pago de derechos por prórroga o cambio de temporalidad de concesiones a vehículos eléctricos e híbridos.

Otros subsidios al transporte público del 100% serán en el pago de por expedición o reposición de placas, por cambio de vehículo, cambio de propietario, trámite de baja de placas, reposición del título de concesión o tarjeta de circulación. En algunos casos se exige, además de tener una concesión o permiso, que la unidad no exceda los 10 años de vida útil.

De igual forma, habrá un 100% de subsidio en adeudos en el impuesto sobre adquisición de vehículos automotores usados 2024 y anteriores, así como sus accesorios y un 100% en el pago de derechos de cesión de derechos o cambio de titular de concesión.


Requisitos

Para acceder a los beneficios los concesionarios deberán tener los legítimos derechos de la concesión o permiso, la protocolización del acta de asamblea debidamente inscrita ante el Instituto de la Función Registral, el pago en una sola exhibición de conceptos no condonados o subsidiados respecto a la tenencia, por refrendo anual para vehículos y accesorios y los derechos necesarios para completar el trámite; así como cumplir con los requisitos para modificar la integración del Índice de Expediente de Concesiones de Transporte Público.

El acuerdo señala que el objetivo es que concesionarios o permisionarios del servicio de transporte público regularicen y actualicen las concesiones y permisos ante el Registro Estatal de Transporte Público, incentivar el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones y lograr que usuarios dispongan de vehículos modernos, cómodos y seguros, garantizando la calidad en el servicio de transporte público y reduciendo sus impactos negativos.

Para el 2024 concesionarios y permisionarios del servicio de transporte público tendrán más beneficios fiscales, en materia vehicular, que los particulares, pues los primeros podrán obtener doce subsidios del 100% en distintos pagos de trámites vehiculares, y en algunos casos la condonación de adeudos.

El gobierno estatal publicó el acuerdo de beneficios fiscales a concesionarios y permisionarios, entre ellos un 100% en el pago del impuesto de la tenencia, no solo del siguiente año, sino también de adeudos anteriores.

También habrá un subsidio del 100% en el pago del refrendo para propietarios de vehículos destinados al transporte público de pasajeros sin adeudos y del 30% en el pago de ese mismo derecho para quienes tengan adeudos de ejercicios anteriores.

Otros subsidios del 100% serán a concesiones del servicio regular de pasaje en su modalidad de colectivo, mixto y del servicio discrecional individual, automóvil de alquiler, de sitio o permiso, tanto escolar, personal y de turismo en el pago de derechos por servicios prestados por la Secretaría de Movilidad por prórroga o cambio de temporalidad de vigencia de la concesión o permiso del año 2023 y anteriores.

Este último aplicará siempre y cuando las prórrogas o cambio de temporalidad temporalidad de vigencia no excedan la vigencia máxima de la concesión o permiso. No sé otorgará si el vehículo vinculado a la concesión exceda el periodo de 10 años de vida útil.

También habrá un subsidio del 100% en el pago de derechos por prórroga o cambio de temporalidad de vigencia de las concesiones, siempre que el vehículo sea modelo del 2015 al 2024.

De igual forma se aplicará un subsidio del 100% en el pago de derechos por prórroga o cambio de temporalidad de concesiones a vehículos eléctricos e híbridos.

Otros subsidios al transporte público del 100% serán en el pago de por expedición o reposición de placas, por cambio de vehículo, cambio de propietario, trámite de baja de placas, reposición del título de concesión o tarjeta de circulación. En algunos casos se exige, además de tener una concesión o permiso, que la unidad no exceda los 10 años de vida útil.

De igual forma, habrá un 100% de subsidio en adeudos en el impuesto sobre adquisición de vehículos automotores usados 2024 y anteriores, así como sus accesorios y un 100% en el pago de derechos de cesión de derechos o cambio de titular de concesión.


Requisitos

Para acceder a los beneficios los concesionarios deberán tener los legítimos derechos de la concesión o permiso, la protocolización del acta de asamblea debidamente inscrita ante el Instituto de la Función Registral, el pago en una sola exhibición de conceptos no condonados o subsidiados respecto a la tenencia, por refrendo anual para vehículos y accesorios y los derechos necesarios para completar el trámite; así como cumplir con los requisitos para modificar la integración del Índice de Expediente de Concesiones de Transporte Público.

El acuerdo señala que el objetivo es que concesionarios o permisionarios del servicio de transporte público regularicen y actualicen las concesiones y permisos ante el Registro Estatal de Transporte Público, incentivar el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones y lograr que usuarios dispongan de vehículos modernos, cómodos y seguros, garantizando la calidad en el servicio de transporte público y reduciendo sus impactos negativos.

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