/ lunes 9 de noviembre de 2020

Operaba con deficiencias el FONDEN

No demostró ser eficaz, ni ayudar a recuperar bienes afectados 

Durante el 2019 la Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó que la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Seguridad presentaron deficiencias e incumplimientos en la operación del extinto Fondo de Desastres (FONDEN) y no acreditaron haber gastado los recursos con eficacia, ni eficiencia.

Ninguna de las dos secretarías demostró que los bienes afectados recuperaran las condiciones operativas similares a las que prevalecían antes del desastre ocasionado por el fenómeno natural.

De acuerdo con el informe de la Cuenta Pública federal 2019, la ASF también comprobó que no se actualizaron programas presupuestarios, ni algunas unidades responsables; tampoco se señalaron, en todos los casos, plazos para el cierre de obras y acciones, ni para la liberación y entrega de los apoyos.

De hecho, advirtió, carecieron de un procedimiento preciso para verificar las solicitudes de recursos, no determinaron a los responsables en la asignación de recursos para la reconstrucción de la infraestructura pública no asegurada y la normativa careció de procesos donde se determinaran atribuciones y responsables de cuantificar, evaluar y supervisar la contribución de los recursos otorgados para la reconstrucción o restitución de los bienes afectados por fenómenos naturales.

Hacienda tampoco acreditó su participación con otras dependencias y entidades para lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del FONDEN y atender las afectaciones provocadas por un fenómeno natural, y la ASF determinó la necesidad de actualizar la Ley General de Protección Civil y su reglamento para incluir actos jurídicos y responsables para prevenir y atender fenómenos sanitarios como las pandemias.

La SHCP no acreditó contar con las solicitudes de recursos para la reconstrucción o restitución de los bienes afectados por los fenómenos naturales, ni disponer de un procedimiento y plazo preciso para verificar que esas peticiones incluyeran lo dispuesto en la normativa y en la asignación de recursos del FONDEN para la reconstrucción o restitución de los bienes afectados por fenómenos naturales.

Las dependencias no demostraron cómo la operación del FONDEN contribuyó a un mejor cumplimiento de sus objetivos y control en la economía de los recursos públicos otorgados, ni acreditaron la implementación de mecanismos y procedimientos para establecer los porcentajes de apoyo de la infraestructura pública no asegurada.

En 2019 los apoyos autorizados por la SHCP para los Gastos de Evaluación de Daños y Apoyos Parciales Inmediatos carecieron de disposiciones claras y precisas para efectuar su regularización, ya que no se acreditó la información relativa a su economía y los resultados de su aplicación.

Hacienda no demostró disponer de criterios, ni mecanismos de control para determinar y aprobar los porcentajes de recursos para la ejecución de obras y acciones de reconstrucción de infraestructura estatal con cargo al Fideicomiso 2003 FONDEN y los informes trimestrales no contenían información relativa a la descripción y ubicación de cada obra y acción, ni las variaciones e incumplimientos.

Las dependencias tampoco acreditaron que en los trabajos de reconstrucción o restitución se incluyeron medidas de mitigación para daños futuros, mediante normas de diseño o construcción que reduzcan la vulnerabilidad de la población, y eso impidió establecer acciones para prevenir, reducir y controlar el riesgo de desastres en la población.

La SHCP además presentó deficiencias en la asignación de los recursos destinados, no acreditó contar con mecanismos y procedimientos para comprobar que la asignación inicial contribuiría en el cumplimiento de sus objetivos y que los recursos del programa se hubiesen diseñado con base en criterios de eficiencia, eficacia y transparencia.

La Auditoría Superior de la Federación precisó que el FONDEN fue constituido como un instrumento para asegurar la disponibilidad financiera después de la ocurrencia de un desastre natural y financiar la reconstrucción o restitución de la infraestructura pública federal y estatal afectada, sin comprometer el presupuesto existente ni el cumplimiento de metas y objetivos de los programas públicos.

La SHCP y la SS, de acuerdo con la ASF, no demostraron el cumplimiento del objetivo de ese instrumento financiero para contribuir a la reconstrucción o restitución de los bienes afectados por la ocurrencia de fenómenos naturales y solo fueron un vehículo para otorgar recursos, sin dar seguimiento oportuno, lo que imposibilita evaluar su eficacia para mitigar los efectos de un fenómeno natural y su desempeño.

Tampoco acreditaron que los recursos otorgados se erogaron con eficacia, al no evidenciar el avance en la recuperación de las condiciones similares que prevalecían antes del desastre, hubo deficiencias en la verificación y asignación de recursos a las solicitudes de apoyo, en la supervisión y evaluación en los avances físicos y financieros de las obras y acciones de reconstrucción o restitución y en el seguimiento de su uso y destino.

Las recomendaciones buscan modificar y perfeccionar la operación del Fondo de Desastres Naturales o del mecanismo que se diseñe para la atención de desastres ocasionados por los fenómenos naturales y la normativa que se implemente para esos efectos, entre otras cosas, plantean definir en todos los casos que se requiera a unidades responsables de las actividades que enmarcan el funcionamiento del fondo; procedimientos y plazos específicos.

También las gestiones necesarias que permitan evaluar e informar sobre la contribución de los recursos públicos otorgados para reconstruir o restituir los bienes afectados por fenómenos naturales y sus efectos en la población que se atiende, a fin de garantizar la administración de los recursos con base en resultados, evaluar el cumplimiento de objetivos previstos y los resultados alcanzados.

Durante el 2019 la Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó que la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Seguridad presentaron deficiencias e incumplimientos en la operación del extinto Fondo de Desastres (FONDEN) y no acreditaron haber gastado los recursos con eficacia, ni eficiencia.

Ninguna de las dos secretarías demostró que los bienes afectados recuperaran las condiciones operativas similares a las que prevalecían antes del desastre ocasionado por el fenómeno natural.

De acuerdo con el informe de la Cuenta Pública federal 2019, la ASF también comprobó que no se actualizaron programas presupuestarios, ni algunas unidades responsables; tampoco se señalaron, en todos los casos, plazos para el cierre de obras y acciones, ni para la liberación y entrega de los apoyos.

De hecho, advirtió, carecieron de un procedimiento preciso para verificar las solicitudes de recursos, no determinaron a los responsables en la asignación de recursos para la reconstrucción de la infraestructura pública no asegurada y la normativa careció de procesos donde se determinaran atribuciones y responsables de cuantificar, evaluar y supervisar la contribución de los recursos otorgados para la reconstrucción o restitución de los bienes afectados por fenómenos naturales.

Hacienda tampoco acreditó su participación con otras dependencias y entidades para lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del FONDEN y atender las afectaciones provocadas por un fenómeno natural, y la ASF determinó la necesidad de actualizar la Ley General de Protección Civil y su reglamento para incluir actos jurídicos y responsables para prevenir y atender fenómenos sanitarios como las pandemias.

La SHCP no acreditó contar con las solicitudes de recursos para la reconstrucción o restitución de los bienes afectados por los fenómenos naturales, ni disponer de un procedimiento y plazo preciso para verificar que esas peticiones incluyeran lo dispuesto en la normativa y en la asignación de recursos del FONDEN para la reconstrucción o restitución de los bienes afectados por fenómenos naturales.

Las dependencias no demostraron cómo la operación del FONDEN contribuyó a un mejor cumplimiento de sus objetivos y control en la economía de los recursos públicos otorgados, ni acreditaron la implementación de mecanismos y procedimientos para establecer los porcentajes de apoyo de la infraestructura pública no asegurada.

En 2019 los apoyos autorizados por la SHCP para los Gastos de Evaluación de Daños y Apoyos Parciales Inmediatos carecieron de disposiciones claras y precisas para efectuar su regularización, ya que no se acreditó la información relativa a su economía y los resultados de su aplicación.

Hacienda no demostró disponer de criterios, ni mecanismos de control para determinar y aprobar los porcentajes de recursos para la ejecución de obras y acciones de reconstrucción de infraestructura estatal con cargo al Fideicomiso 2003 FONDEN y los informes trimestrales no contenían información relativa a la descripción y ubicación de cada obra y acción, ni las variaciones e incumplimientos.

Las dependencias tampoco acreditaron que en los trabajos de reconstrucción o restitución se incluyeron medidas de mitigación para daños futuros, mediante normas de diseño o construcción que reduzcan la vulnerabilidad de la población, y eso impidió establecer acciones para prevenir, reducir y controlar el riesgo de desastres en la población.

La SHCP además presentó deficiencias en la asignación de los recursos destinados, no acreditó contar con mecanismos y procedimientos para comprobar que la asignación inicial contribuiría en el cumplimiento de sus objetivos y que los recursos del programa se hubiesen diseñado con base en criterios de eficiencia, eficacia y transparencia.

La Auditoría Superior de la Federación precisó que el FONDEN fue constituido como un instrumento para asegurar la disponibilidad financiera después de la ocurrencia de un desastre natural y financiar la reconstrucción o restitución de la infraestructura pública federal y estatal afectada, sin comprometer el presupuesto existente ni el cumplimiento de metas y objetivos de los programas públicos.

La SHCP y la SS, de acuerdo con la ASF, no demostraron el cumplimiento del objetivo de ese instrumento financiero para contribuir a la reconstrucción o restitución de los bienes afectados por la ocurrencia de fenómenos naturales y solo fueron un vehículo para otorgar recursos, sin dar seguimiento oportuno, lo que imposibilita evaluar su eficacia para mitigar los efectos de un fenómeno natural y su desempeño.

Tampoco acreditaron que los recursos otorgados se erogaron con eficacia, al no evidenciar el avance en la recuperación de las condiciones similares que prevalecían antes del desastre, hubo deficiencias en la verificación y asignación de recursos a las solicitudes de apoyo, en la supervisión y evaluación en los avances físicos y financieros de las obras y acciones de reconstrucción o restitución y en el seguimiento de su uso y destino.

Las recomendaciones buscan modificar y perfeccionar la operación del Fondo de Desastres Naturales o del mecanismo que se diseñe para la atención de desastres ocasionados por los fenómenos naturales y la normativa que se implemente para esos efectos, entre otras cosas, plantean definir en todos los casos que se requiera a unidades responsables de las actividades que enmarcan el funcionamiento del fondo; procedimientos y plazos específicos.

También las gestiones necesarias que permitan evaluar e informar sobre la contribución de los recursos públicos otorgados para reconstruir o restituir los bienes afectados por fenómenos naturales y sus efectos en la población que se atiende, a fin de garantizar la administración de los recursos con base en resultados, evaluar el cumplimiento de objetivos previstos y los resultados alcanzados.

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