/ martes 20 de diciembre de 2022

Ordena OSFEM a municipios la contratación de fianzas 

Deben proteger a ayuntamientos, DIFs y organismos de daños al erario 


Las y los servidores públicos municipales que capten, recauden, reciban, ejerzan, administren o manejen recursos en los ayuntamientos deberán contratar fianzas, como garantías durante el 2023, ante posibles daños al erario o desfalcos.

El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) emitió los criterios para la contratación de fianzas que deben otorgar las y los servidores para el siguiente año, ante posibles daños o perjuicios estimables en dinero, en caso de mal manejo de los recursos públicos.

Los lineamientos son obligatorios para los 125 municipios, los sistemas DIF, los organismos de agua, los Institutos Municipales del Deporte, fideicomisos entre otros entes fiscalizables que manejan recursos en los ayuntamientos.

El monto a garantizar deberá ser equivalente al uno al millar del importe de ingresos propios de las entidades fiscalizables y las participaciones que en ingresos federales y estatales les correspondieron en el ejercicio fiscal anterior, es decir en el 2022.

El documento señala que el ejercicio fiscal a caucionar es el 2023 y el órgano superior no autorizará, ni recomendará instituciones de fianzas. Tampoco podrá generar convenios con dichas instituciones.

"La administración de la hacienda pública y/o patrimonio de las entidades fiscalizables municipales se garantizará mediante fianza, la cual debe cubrir los daños y/o perjuicios que originen los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, por lo que, de no existir suficiencia presupuestal en la entidad fiscalizable municipal, los obligados contratarán las cauciones con sus propios recursos, en su calidad de contratantes", señalan los lineamientos.

También se advierte que es responsabilidad de las personas servidoras públicas, sujetas de afianzamiento, la gestión y trámites ante las instituciones autorizadas y reguladas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

De acuerdo con los lineamientos, las pólizas de fianzas originales permanecerán en custodia y conservación de la persona titular de la Tesorería y de la dirección de Finanzas o equivalente.

Las fianzas se contratarán de manera anual y se deberá garantizar que se mantendrán vigentes hasta tres años posteriores a la conclusión del empleo, cargo o comisión de la persona servidora pública contratante.

Los lineamientos señalan que en los ayuntamientos la o el síndico será el encargado de vigilar el cumplimiento de la obligación de presentar la documentación ante el OSFEM, y en caso de que haya dos o más síndicas o síndicos, lo hará el primero, mientras en los organismos descentralizados y fideicomisos públicos municipales la vigilancia estará a cargo de quien designe el órgano de gobierno.

En caso de que las y los servidores públicos no cumplan los criterios señalados por el OSFEM, podría iniciarse alguna responsabilidad administrativa en términos de la ley.


Las y los servidores públicos municipales que capten, recauden, reciban, ejerzan, administren o manejen recursos en los ayuntamientos deberán contratar fianzas, como garantías durante el 2023, ante posibles daños al erario o desfalcos.

El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) emitió los criterios para la contratación de fianzas que deben otorgar las y los servidores para el siguiente año, ante posibles daños o perjuicios estimables en dinero, en caso de mal manejo de los recursos públicos.

Los lineamientos son obligatorios para los 125 municipios, los sistemas DIF, los organismos de agua, los Institutos Municipales del Deporte, fideicomisos entre otros entes fiscalizables que manejan recursos en los ayuntamientos.

El monto a garantizar deberá ser equivalente al uno al millar del importe de ingresos propios de las entidades fiscalizables y las participaciones que en ingresos federales y estatales les correspondieron en el ejercicio fiscal anterior, es decir en el 2022.

El documento señala que el ejercicio fiscal a caucionar es el 2023 y el órgano superior no autorizará, ni recomendará instituciones de fianzas. Tampoco podrá generar convenios con dichas instituciones.

"La administración de la hacienda pública y/o patrimonio de las entidades fiscalizables municipales se garantizará mediante fianza, la cual debe cubrir los daños y/o perjuicios que originen los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, por lo que, de no existir suficiencia presupuestal en la entidad fiscalizable municipal, los obligados contratarán las cauciones con sus propios recursos, en su calidad de contratantes", señalan los lineamientos.

También se advierte que es responsabilidad de las personas servidoras públicas, sujetas de afianzamiento, la gestión y trámites ante las instituciones autorizadas y reguladas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

De acuerdo con los lineamientos, las pólizas de fianzas originales permanecerán en custodia y conservación de la persona titular de la Tesorería y de la dirección de Finanzas o equivalente.

Las fianzas se contratarán de manera anual y se deberá garantizar que se mantendrán vigentes hasta tres años posteriores a la conclusión del empleo, cargo o comisión de la persona servidora pública contratante.

Los lineamientos señalan que en los ayuntamientos la o el síndico será el encargado de vigilar el cumplimiento de la obligación de presentar la documentación ante el OSFEM, y en caso de que haya dos o más síndicas o síndicos, lo hará el primero, mientras en los organismos descentralizados y fideicomisos públicos municipales la vigilancia estará a cargo de quien designe el órgano de gobierno.

En caso de que las y los servidores públicos no cumplan los criterios señalados por el OSFEM, podría iniciarse alguna responsabilidad administrativa en términos de la ley.

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