La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó algunas sentencias del Tribunal Electoral del Estado de México y le ordenó hacer diligencias y emitir nuevas resoluciones.
Una de ellas para investigar a la abanderada de la candidatura común "Juntos Hacemos Historia en el Estado de México", Delfina Gómez Álvarez, por aparecer en televisión en el evento del 18 de marzo junto al presidente de la República, y otra, para emitir una nueva resolución por la aparición del rostro de un menor en un vídeo de la candidata de la coalición "Va por el Estado de México", Alejandra del Moral Vela.
También le pidió emitir otra sentencia sobre empresas que realizaron encuestas y verificar si cumplieron con la metodología y los parámetros exigidos.
Amonestan a Del Moral y a empresa que colocó espectacular de Delfina
Encuestas
El PAN impugnó la difusión de encuestas que no cumplieron con la metodología y los criterios para su elaboración, y el pleno consideró fundados los agravios, pues la autoridad no hizo mayor investigación; por lo cual propuso revocar la sentencia y ordenó que el Tribunal local se pronuncie sobre si las personas o empresas que elaboraron las encuestas cumplieron con los parámetros y ordene las diligencias pertinentes.
Delfina
En otro asunto, el PRI promovió un recurso contra el desechamiento de una queja contra Delfina Gómez Álvarez, por supuestamente adquirir tiempos en radio y televisión, al acudir al evento del 18 de marzo y aparecer junto al presidente de la República.
Se propuso considerar fundados los agravios y ordenar al tribunal local llevar a cabo las diligencias para determinar lo que en Derecho corresponda.
El magistrado Indalfer Infante señaló que el evento fue televisado y la candidata apareció en cámara saludando al presidente, pero no por eso se puede decir que haya comprado tiempos.
El argumento fue compartido por la magistrada Analí Soto, quien señaló que no hay elementos para presumir una falta, pues no hubo estrategia mediática, solo una imagen dentro de una nota televisiva.
El magistrado José Luis Vargas Valdez coincidió en que la aparición de la candidata fue circunstancial, por lo cual votó en contra, pero el acuerdo se aprobó por mayoría de votos; por lo cual el tribunal estatal deberá realizar investigaciones y emitir una nueva resolución.
Del Moral
En otro asunto, Morena impugnó una sentencia del TEEM por no sancionar la aparición de la imagen de menores en un video de Alejandra del Moral.
El tribunal local consideró que no incurrieron en una infracción, al argumentar que la imagen del menor era de años anteriores, cuando la candidata era alcaldesa, pero el tribunal federal ordenó que se emita una nueva resolución, pues el video apareció en el actual proceso electoral y los rostros debieron ser difuminados.
La magistrada Soto y los magistrados Infante y Vargas estuvieron en contra, pues consideraron que no hubo intencionalidad y las personas que aparecieron ya son mayores de edad.
La magistrada Janine Otálora dijo que el spot es actualmente difundido y por ello propuso que se emita una nueva resolución. Fue aprobado por mayoría de votos.
Otros asuntos
La Sala Superior también determinó que no se pudo acreditar que estudiantes hayan participado en un evento proselitista del PRI.
En tanto, una queja sobre la asistencia de regidores de La Paz a un evento de Delfina Gómez Álvarez fue desechada.
En otro asunto, el PRI impugnó la asistencia de regidores de Tecámac a un evento de Gómez Álvarez y se consideró fundado el agravio; por lo cual se aprobó revocar la sentencia y ordenar que el TEEM emita una nueva resolución donde concluya que los regidores vulneraron el artículo 134 constitucional.
En otro asunto contra el alcalde de Hueypoxtla, la Sala Superior consideró que el tribunal local no analizó que el edil acudió a un evento proselitista, por lo cual ordenó emitir una nueva resolución.
Morena y PVEM impugnaron la sentencia del Tribunal Electoral donde acusaron actos anticipados de campaña por parte de Alejandra del Moral y el partido Nueva Alianza por la asamblea de ese partido donde rindió protesta como candidata.
Sin embargo, las y los magistrados consideraron que no fue un acto proselitista, sino partidista, en un sitio cerrado y sin llamados expresos a votar.