Partidos deberán garantizar la paridad: IEEM

También deberán garantizar la alternancia de género en cuanto a la elección anterior

Violeta Huerta / El Sol de Toluca

  · miércoles 17 de abril de 2024

Edificio del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM). Foto: Archivo | El Sol de Toluca

En la postulación de candidaturas, los partidos políticos en el Estado de México deberán atender el principio de paridad de género y hacer públicos los criterios para garantizarla; así como la alternancia, en relación a la elección anterior.

En un documento emitido por el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), en respuesta a una consulta de Movimiento Ciudadano, el órgano electoral explicó que si el número de postulaciones son impares, en el municipio remanente los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes alternarán el género mayoritario en las postulaciones, en cada periodo electivo.

Durante la sesión de este miércoles, también precisó que el Consejo General verificará la paridad de género vertical, horizontal y transversal.

El próximo año habrá elecciones en el Edomex para renovar alcaldías y diputaciones, además de la presidencia de la república. El Sol de Toluca

Además, se garantizará la postulación en un porcentaje igualitario entre ambos géneros.

Para los casos donde el número de cargos sea impar, el IEEM precisó que la postulación deberá ser lo más cercana posible al 50 por ciento para cada uno de los géneros, y para ello, se utilizará el principio de alternancia de género mayoritario, tomando en consideración la postulación de la elección inmediata anterior.

En las planillas presentadas para integrantes de ayuntamientos, cuando el número de planillas presentadas para registro sea impar se alternará el género en cada periodo electivo.

En cuanto a la manera en que operará el principio de alternancia en cada una de las planillas de miembros de ayuntamientos, el instituto señaló que de acuerdo con la ley, los partidos promoverán y garantizarán la igualdad de oportunidades y la paridad de género, a través de postulaciones a cargos de elección popular en los ayuntamientos.

De igual forma, deberán observar que la postulación de candidaturas sea de un 50 por ciento de cada género y para el caso que las postulaciones sean impares, se alterne el género mayoritario en las postulaciones, en cada periodo electivo.